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Locales

Mandala al juzgado

"El mandala de la abundancia" y el delito de estafa

Crimen Organizado del Ministerio del Interior no recibió ninguna denuncia sobre la ''estafa piramidal'' conocida como el “mandala de la abundancia”, que motivó el inicio de una investigación en Rocha. El vocero del Poder Judicial Raúl Oxandabarat explicó qué debe probarse para tipificar el delito de estafa.

19.10.2016 17:33

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2016-10-19T17:33:00-03:00
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Montevideo Portal

La Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior no recibió ninguna denuncia sobre la estafa piramidal conocida como "mandala" o "flor de la abundancia" y que motivó que una jueza de Rocha decidiera abrir un expediente.

Según informó el portal Rocha al Día en base a fuentes judiciales, la jueza Verónica Pena encomendó a la Policía de ese departamento el inicio de una investigación sobre el sistema que, a través de redes sociales como Facebook o Whatsapp, invita a personas a depositar dinero a otras bajo la promesa de que recibirán "ocho veces lo aportado" en el futuro.

El director de Crimen Organizado, Carlos Del Puerto, dijo a Montevideo Portal que su repartición no recibió denuncias formales por el tema, a pesar de que está al tanto de la repercusión que tuvo el método en los últimos días, fundamentalmente en el departamento de Rocha.

El 8 de octubre, el diario El Observador había informado que el "mandala de la abundancia" se expandía entre habitantes de diferentes localidades de Rocha, citando el ejemplo de una mujer que llegó a pagar 1400 dólares para ingresar en el "juego". La maniobra también había sido advertida por la cadena inglesa BBC, que advertía sobre su expansión entre varios países de América Latina entre los que menciona Uruguay.

El mecanismo funciona cuando una persona es invitada a participar en un "mandala", en cuyo centro se encuentra la persona a la que debe enviarle dinero. El invitado debe cumplir con el requisito de enviarle el dinero a esa persona - que no es la misma que invita a participar - y con el de invitar a otras dos personas, que ingresarán al mandala y le permitirán aumentar de "nivel".

Después de que el participante que está en el centro recibe el dinero, el mandala o flor se divide en dos, dejando a los participantes que estaban en el nivel próximo inferior como nuevos "centros". Esos recibirán nuevamente dinero, proveniente de los nuevos ingresos convocados por los que depositaron efectivo en la operación anterior.

Así, la rotación genera la promesa de que los que ingresan llegarán al "centro" en algún momento y recibirán ocho veces más dinero del que aportaron la primera vez.

En Uruguay, el delito de estafa está definido por el artículo 237 del Código Penal como el que comete quien "con estratagemas o engaños artificiosos indujere en error a alguna persona, para procurarse a sí mismo o a un tercero, un provecho injusto, en daño de otro". La norma establece una pena para ese delito de "seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría".

El vocero del Poder Judicial, Raúl Oxandabarat, explicó a Montevideo Portal que para tipificar el delito a un encausado es fundamental determinar que se utilizó el "engaño" y que la víctima fue inducida al "error". Es decir, que no es víctima de estafa la persona que es actúa de forma voluntaria, conociendo los riesgos de no recuperar el dinero aportado.

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