Contenido creado por Mateo Aguerre
Locales

Ganancia de levantar la pala

¿Cómo se paga si trabajo el 18 de julio, feriado no laborable?

El próximo viernes se conmemora el aniversario de la Jura de la Constitución; conocé los detalles de cómo se cobra el salario en esta fecha.

16.07.2025 09:00

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2025-07-16T09:00:00-03:00
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El 18 de julio es uno de los feriados pagos establecidos por ley en Uruguay, por lo tanto, si un trabajador debe cumplir funciones ese día, recibirá una compensación económica especial, dependiendo de su régimen de remuneración.

Según lo establece el artículo 18 de la ley N° 12.590, los trabajadores mensuales que se presenten a trabajar el 18 de julio deben recibir, además de su sueldo completo, un día adicional de salario. Este se calcula dividiendo el sueldo mensual entre treinta.

En el caso de los trabajadores jornaleros, el pago correspondiente al feriado se duplica: cobran doble jornal si trabajan ese día, lo mismo que ocurre con los trabajadores rurales, según lo establece el artículo 20 del decreto 216/012.

Además, si el trabajo en el feriado implica horas extra, estas deben ser remuneradas con un recargo del 150% sobre el valor habitual por hora, tal como lo indica el decreto 550/1989.