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La Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), a través de su Unidad Disciplinaria, dio a conocer la resolución del expediente que abrió a Peñarol con motivo del partido que perdió 2-1 con Colón en Santa Fe el 5 de abril, cuando debutó en la Copa Libertadores.
La multa por un total de 18.000 dólares, monto que se debitará automáticamente del que reciba la institución de parte de la Conmebol en concepto de derechos de televisión o patrocinio, se desglosa en tres infracciones.
El castigo económico más grande es de 10.000 dólares por la infracción al artículo 10.2 inciso b) del Código Disciplinario, que refiere al “lanzamiento de objetos”. Ocurrió al cabo del encuentro, cuando algunos hinchas arrojaron butacas y otros elementos.
Además, hay 5.000 dólares de multa por la infracción al artículo 10.2 inciso c) del Código Disciplinario, que en su texto es muy claro: “Encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro objeto pirotécnico”. Se dio pocos minutos antes de empezar el partido.
Por último, una sanción de 3.000 dólares por la infracción al artículo 19 inciso p) del Reglamento de Seguridad, referente a “banderas de porte manual que superen la medida de 2.0 m de largo por 1.50 m de ancho, las cuales no podrán ser unidas entre sí”.
Por último, se advirtió a Peñarol “que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento”, se le aplicará el artículo 31, que es el que marca que se considera reincidencia a los hechos similares dentro de los próximos dos años cuando tienen que ver con el orden y la seguridad.
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