FútbolUy. Seguinos en Twitter @futbolportaluy
Horas después del comunicado mediante el cual la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) informó a la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) que los únicos candidatos que reconoce como presidenciables para las elecciones de este martes son Wilmar Valdez y Arturo del Campo, Eduardo Abulafia hizo circular una carta que había hecho llegar al ente rector del balompié uruguayo la semana pasada argumentando por qué, a su entender, está habilitado para ser candidato.
Abulafia considera que no es requisito indispensable el examen de idoneidad para asumir su cargo, y cree que si se estableciera la obligación de aprobar un examen ante un órgano extranjero para presidir una asociación civil uruguaya "afectaría principios esenciales del orden público internacional sustancial de la República, que son de rango constitucional". "Lo cual impedirá su aprobación por el Ministerio de Educación y Cultura que otorga la personalidad jurídica y ejerce la superintendencia de contralor de las Asociaciones Civiles uruguayas", agrega.
Asimismo, Abulafia se pone a disposición para aprobar el examen de idoneidad si fuera electo presidente, a los efectos de poder ser integrante del Comité Ejecutivo de la Conmebol.
COMUNICADO REMITIDO A LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA AUF
En conocimiento del Comunicado de la Secretaría Ejecutiva de la AUF que se encuentra en el Sector Institucional de la Página Oficial WEB de la entidad (www.auf.org.uy), en lo concerniente a la presentación de la postulación a Candidato a la Presidencia de la preindicada Asociación para el día 31 de Julio del corriente año 2018, vengo a manifestar de modo expreso, mi voluntad de presentar mi Candidatura ante la Asamblea General de la Institución, de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 17 Apartado "D" del Estatuto de AUF antes indicado.
Con referencia a los términos de dicho Comunicado, respecto a la necesidad de rendir y aprobar como requisito para la admisibilidad de la Candidatura, "un examen de idoneidad" ante la Sub Comisión de Gobernanza y Transparencia de CONMEBOL, con Sede en la Ciudad de Asunción del Paraguay, cumplo con expresarle que, dicho examen es absolutamente improcedente en la presente instancia.
Corresponde señalar que el Artículo 31 Numeral 6 establece el examen de idoneidad, para integrar el Consejo, Comisiones Permanentes y Órganos Jurisdiccionales de CONMEBOL. Lo cual es ajeno y diferente a un examen de admisibilidad, para poder postularse en una elección a Presidente en una Asociación miembro de CONMEBOL.
No existe ninguna norma del Estatuto de CONMEBOL que establezca esa condición de admisibilidad, para la Postulación y Candidatura a la Presidencia de ningunas de las Asociaciones miembro de dicha entidad.
En ese sentido debo señalar que lo establecido por el Artículo 7 Apartado "R", refiere a que en los Estatutos de las Asociaciones miembro debe incluirse un examen de idoneidad de los candidatos a Presidente dentro de los "parámetros" similares a los de FIFA. Pero no establece que se deba realizar y aprobar un examen de idoneidad ante la Sub Comisión de Control de la CONMEBOL.
La obligación de la inclusión de una norma en el Estatuto de la AUF que disponga, como requisito de admisibilidad de los Postulanes a presentar la candidatura a Presidente, de "un examen de idoneidad", exige indefectible e insoslayablemente en primer lugar, realizar, la Reforma de Estatutos de la AUF y modificar el Artículo 17, Apartado "D" actualmente vigente. Reforma que debe ser necesariamente aprobada con la mayoría especial de dos tercios dispuesta por el Artículo 17, Apartado "C" en vigor y aprobada por el Ministerio de Educación y Cultura.
Cabe agregar, asimismo, que una norma que reformara el Artículo 17 e impusiera como requisito de admisibilidad para ser candidato a Presidente de una Asociación Civil uruguaya (como es AUF) estableciendo deba realizarse un examen y aprobarse por el órgano de una Asociación extranjera, afectaría Principios Esenciales del Orden Público Internacional sustancial de la República, que son de rango Constitucional. Lo cual impedirá su aprobación por el Ministerio de Educación y Cultura que otorga la personalidad jurídica y ejerce la superintendencia de contralor de las Asociaciones Civiles uruguayas.
Mi postulación de la candidatura a Presidente de la AUF, que por la presente se expresa, se formula en la cabal convicción de estar plenamente legimitado para aportar mi capacidad, mi experiencia y mi trayectoria dirigencial en el Fútbol, para conducir un Proyecto de cambio impostergable e ineludible, a través de un nuevo modelo viable y sustentable con la realidad del País.
La coherencia y la credibilidad como postulante a Presidente de la AUF para realizar una transformación del actual modelo, me imponen el fiel cumplimiento y al respetuosa consideración de las normas del Estatuto de la entidad, que se encuentran actualmente en vigencia.
Es ello lo que me impone la obligación de cumplir estrictamente y sin desvíos, lo claramente dispuesto por las normas del Estatuto vigente, para la Elección de Presidente para el Período 2018-2022, mientras las mismas no sean modificadas por la Asamblea General y aprobadas por el Ministerio de Educación y Cultura.
Respetando por consiguiente las disposiciones vigentes por las que se rige la Elección del próximo 31 de julio de 2018, (Artículo 17, Apartado "D" del Estatuto de AUF) reitero mi voluntad de postularme como candidato a Presidente de AUF y, en caso de ser electo en su oportunidad, cumplir con lo dispuesto por el Artículo 31 Numeral 6 del Estatuto de CONMEBOL.
FútbolUy. Seguinos en Twitter @futbolportaluy
Acerca de los comentarios
Hemos reformulado nuestra manera de mostrar comentarios, agregando tecnología de forma de que cada lector pueda decidir qué comentarios se le mostrarán en base a la valoración que tengan estos por parte de la comunidad. AMPLIAREsto es para poder mejorar el intercambio entre los usuarios y que sea un lugar que respete las normas de convivencia.
A su vez, habilitamos la casilla [email protected], para que los lectores puedan reportar comentarios que consideren fuera de lugar y que rompan las normas de convivencia.
Si querés leerlo hacé clic aquí[+]