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Pablo Mieres

Escribe Pablo Mieres

Universidad de la República: laicidad y pluralismo

Hace un tiempo la comunidad judía solicitó a la Universidad de la República que se tuvieran en cuenta las festividades judías a la hora de computar las inasistencias de los estudiantes pertenecientes a dicha colectividad debido a que, de acuerdo a sus normas, existen fechas en el año en las que estos deben permanecer en sus domicilios y no concurrir a clases o realizar otro tipo de actividad laboral.

08.12.2008 08:51

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2008-12-08T08:51:00-03:00
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Estas celebraciones no son más de dos o tres días al año y la solicitud buscaba evitar perjuicios académicos a aquellos individuos que observaban estas tradiciones religiosas.

Pues bien, el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República votó en contra de esta solicitud fundamentando su decisión en la defensa del principio de la laicidad. Bueno es decir que esta decisión se tomó por una mayoría muy ajustada y que casi la mitad del cuerpo se volcó a favor de la solicitud. Pero, en los hechos, la institución universitaria descartó la posibilidad de abrir espacios de respeto a las creencias de una parte de sus estudiantes.

Además de que la decisión supone mantener en situación de desventaja a quienes profesan la religión judía, afectándolos con inasistencias injustas a sus cursos universitarios, lo más preocupante es el equivocado contenido que la mayoría del CDC de la Universidad de la República le ha asignado al concepto de laicidad.

En efecto, para esta concepción la laicidad consiste en la negación de la dimensión religiosa. Se interpreta que un Estado laico es aquel que debe desconocer todo tipo de manifestación religiosa y que los ciudadanos que profesen alguna religión no tienen derecho a que sus creencias les sean reconocidas o tomadas en cuenta.

Esta concepción de la laicidad supone, en realidad, una postura de ataque a la dimensión religiosa de las personas, no implica una postura neutral sino que, en definitiva, niega el derecho de los ciudadanos a profesar las creencias que les parezca y afecta directamente la libertad de culto. No es de extrañar, puesto que durante mucho tiempo, nuestro país ha sido presa de esta concepción que, en realidad, esconde una postura de profunda antirreligiosidad.

Sin embargo, una auténtica concepción de la laicidad es aquella que reconoce el pluralismo y la diversidad. El Estado laico es aquel que no se pronuncia sobre las diferentes religiones, dejando en libertad a sus ciudadanos de profesar aquella fe que prefieran o simplemente no profesar ninguna religión.

Desde este punto de vista, la solicitud de la colectividad judía debió haber sido atendida positivamente en tanto buscaba proteger el derecho de un grupo de ciudadanos a profesar, sin ser sancionados, su fe adquirida y expresada libremente.

Por el contrario, la postura del CDC de la Universidad de la República deja de lado este derecho y pretende equiparar el concepto de igualdad al de homogeneidad, con el correspondiente riesgo de autoritarismo. El derecho a la igualdad no debe confundirse con la exigencia de homogeneidad; los seres humanos somos diferentes en gustos, preferencias, creencias y valores y tenemos derecho a ejercer estas variedades de preferencias y conductas recibiendo del Estado una postura de protección a la diversidad.

Tratar a todos en forma homogénea obviando la diversidad religiosa es atentar lisa y llanamente contra la libertad de culto y abundar en una concepción errónea y profundamente autoritaria del concepto de laicidad.

Ojalá se revise esta decisión y se atienda la legítima demanda de esta colectividad para honrar las mejores tradiciones del pluralismo y la diversidad social en nuestra sociedad en pleno siglo XXI.