Contenido creado por Gastón Fernández Castro
Cybertario

Razones peligrosas

Razones peligrosas

17.10.2007

Lectura: 3'

2007-10-17T08:07:10-03:00
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La prohibición de realizar manifestaciones contra la instalación de Botnia en Fray Bentos afecta derechos constitucionales de la mayor importancia y debió despertar al menos una voz de alerta entre los principales actores políticos y sociales. Sin embargo, parece haber cierta unanimidad sobre su conveniencia y legalidad. En su defensa se invoca razones de Estado, como el mantenimiento de la paz pública y las relaciones con Argentina, así como la sensibilidad de los fraybentinos, agredidos por las provocaciones de Gualeguaychú y empobrecidos por el prolongado corte del puente. En cambio, los opositores a Botnia reclaman su derecho a expresarse en la vía pública, en el entendido de que sus manifestaciones se ajustan a las disposiciones vigentes.

Pensemos qué sentirán por estos días los fraybentinos que creen que la planta de Botnia va a causar efectos severos e irreversibles sobre el ambiente y la salud de sus conciudadanos. Aunque sean muy pocos, ¿quién puede negarles el derecho a manifestar junto a quienes los apoyan? El Artículo 38 de la Carta Magna garantiza el "derecho de reunión pacífica y sin armas", que "no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República sino en virtud de una ley y solamente en cuanto se oponga a la salud, la seguridad y el orden públicos". De modo que la ley 2.499, en la que se apoya el decreto, sólo puede autorizar al Ejecutivo a prohibir las manifestaciones cuando se den las referidas circunstancias. Como los asambleístas siempre actuaron en territorio nacional conforme a la ley, el gobierno debe garantizar su derecho a manifestar, sin sufrir hostigamientos ni amenazas.

Pero pensemos también qué pensarán de las garantías constitucionales otros grupos minoritarios, como los radicales de izquierda, que tienen un juicio muy negativo sobre el actual gobierno y que protagonizaron manifestaciones mucho más duras que las de los ambientalistas. La lógica utilizada para impedir las manifestaciones en Fray Bentos puede pretextar mañana la prohibición a quienes sostengan postulados políticos que resulten hirientes para la mayoría o que despierten en los aludidos el deseo de tomar represalias.

John Stewart Mill afirmaba que si todos los integrantes de la sociedad menos uno estuvieran de acuerdo en un asunto, no tendrían más derecho de impedir que se expresarse esa solitaria voz, del que tendría ésta de impedírselo al resto de la sociedad. Más aún, podría decirse que las garantías constitucionales protegen principalmente a quienes sostienen opiniones minoritarias, por exóticas o negativas que puedan parecerle al resto de la comunidad.

Es comprensible que el Ejecutivo quiera evitar provocaciones y situaciones de imprevisibles consecuencias, que puedan afectar negativamente las relaciones con Argentina, pero los hechos no avalan esos temores. Al menos no como para recortar las libertades públicas.