Opinión | Se quiere control, pero poco; y cuota política, mucha
El problema no está en la designación por los dirigentes políticos, sino el criterio y el objetivo con que se realiza dicha designación.
24.06.2026 15:49
La ciudadanía se pregunta si son realmente útiles e independientes los organismos de control del Estado que tiene el país.
Hay cuatro organismos básicos de contralor del cumplimiento de normas de la gestión en la Administración.
No se incluyen los Tribunales ya que integran un poder independiente. Es de recordar que todos quieren que los magistrados sean imparciales.
1. JUTEP. Uno, el de más actualidad, es la Junta de Transparencia y Ética Pública
Tiene fines de asesoramiento e investigación en materia de delitos contra la Administración Pública, controlar prácticas corruptas y administrar las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios.
El acuerdo para integrar la Junta ha sido de dos miembros de un partido político y uno de otro, afinidad política que se traslada a votaciones relevantes. Y cuando algún miembro oficialista (J.C.) pretendió ser independiente hace algunos años y se logró emitir por unanimidad la resolución sobre Antel Arena, quienes lo designaron lo obligaron a renunciar.
¿La transparencia y la ética puede ser una cuestión de votos?
2. CORTE ELECTORAL. El segundo es el organismo a cargo de actos, procedimientos y organización electoral.
Su integración de nueve ministros es establecida así en la Constitución:
a) Cinco titulares (neutrales), designados por 2/3 de la Asamblea General “debiendo ser ciudadanos que, por su posición en la escena política, sean garantía de imparcialidad”.
b) Cuatro titulares, (representantes de los partidos) elegidos “de acuerdo a un sistema de representación proporcional”.
Es notorio que esos “neutrales”, excepto el fallecido presidente de la Corte (que es acordado por su independencia, requisito necesario para alcanzar los 2/3 de votos para su designación en la Asamblea General; no así sus suplentes), se seleccionan por cuota política y, sin perjuicio de ser buenas personas, no cumplen el requisito constitucional de imparcialidad.
No es lo que determinó claramente el Constituyente.
Aun así, es notorio el celo que tiene la Corte Electoral, sus funcionarios y todos sus ministros, en el respeto al sistema electoral. En eso no hay dudas en el país.
En cambio, en el control de las finanzas partidarias, su gestión es ineficaz.
3. AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN. El cuarto es la Auditoría Interna de la Nación, cuyo titular es cargo de confianza del presidente de la República, quien lo designa y lo puede cesar, aunque la gestión del Poder Ejecutivo está sujeta a su contralor.
No es un control independiente. Cuando no lo es, es lógico esperar que los controles no resulten tan adecuados como en el caso de independencia.
4. TRIBUNAL DE CUENTAS. Le compete dictaminar en materia presupuestal y rendiciones de cuentas, intervenir el gasto y controlar la gestión financiera del Estado.
El acuerdo para la designación de sus siete miembros refleja la ecuación política partidaria (tres y tres), excepto su fallecido presidente (no así sus suplentes), el que es elegido por su independencia, requisito necesario para alcanzar los 2/3 de votos para su designación en la Asamblea General.
El exministro del Tribunal de Cuentas, Cr. Ariel Alvárez (F.A.) declaraba en 2003: “Estamos un poco pintados los que estamos acá para formar y hacer creer y tener la sensación de que existe un contralor para todas las organizaciones públicas y eso no es así”.
Ese destino institucional de mínima se había anticipado en su origen.
Al crearse el organismo Tribunal de Cuentas en la Asamblea Constituyente de 1933, su presidente cerró la sesión anticipándo – proféticamente – que
“…este Tribunal de Cuentas puede degenerar en un mecanismo complicado, pesado, carísimo y enteramente ineficaz, si la Asamblea General en quien delegamos su integración, no levanta su punto de vista y lleva a esa alta dirección a ciudadanos competentes, de verdadera experiencia financiera, profundamente honestos y de una alta imparcialidad política.”
La raíz del problema
El problema no está en la designación por los dirigentes políticos —al fin de cuentas son ellos los que han sido elegidos por la ciudadanía para que la representen— sino el criterio y el objetivo con que se realiza dicha designación.
Un consenso político puede ser realizado tanto para una distribución de cargos por cuota partidaria como para conformar un equipo directivo experto y políticamente imparcial, apto para transformar la gestión y obtener los mejores resultados.
Es obviamente impropio que el partido de gobierno sea el que designe a los integrantes de organismos de control externo del mismo gobierno de la manera actual. Un control independiente lo tiene que realizar gente independiente. Aunque una solución mixta es suficiente para un funcionamiento imparcial.
El camino de la solución fue señalado hace un siglo en las Constituyentes: “debiendo ser ciudadanos que, por su posición en la escena política, sean garantía de imparcialidad”; “de una alta imparcialidad política”.
Lo que es tan obvio como complicado.
Que sea difícil el consenso político para una integración imparcial, y no por empate, no obsta a que sea necesario.

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