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Escribe Diego Martín Olivera

Opinión | Regulación del cannabis: nuevo tiempo de cambios

Buena parte de los problemas con los cuales están lidiando los emergentes mercados legales de cannabis tampoco han podido ser superados en nuestro país.

17.12.2020 11:07

Lectura: 7'

2020-12-17T11:07:00-03:00
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El vínculo entre la sociedad, la política y el cannabis evoluciona aceleradamente. En estas últimas semanas tuvimos algunos hitos que continúan pavimentando la ruta de salida del esquema prohibicionista a nivel global. 

En primer lugar y más importante, la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas hizo efectiva la recomendación de la Organización Mundial de la Salud de reclasificar al cannabis y su resina, eliminándolos de la Lista IV de la Convención de Drogas de 1961, un esquema que contiene las sustancias consideradas más peligrosas para la salud y sin ningún valor terapéutico. Dicho de otra forma, el ámbito de gobernanza internacional más importante sobre política de drogas decidió reconocer al cannabis como una planta que produce elementos capaces beneficiar a la salud humana.

Se suma a esto una histórica votación por la cual la cámara baja del Congreso norteamericano aprobó un proyecto de ley que descriminaliza la producción y distribución de cannabis a nivel federal, al tiempo que determina que parte de los ingresos producidos por los mercados legales resultantes deben dirigirse a promover el desarrollo de las comunidades afectadas por décadas de políticas de drogas equivocadas. Y si bien los equilibrios políticos en el Senado y las urgencias que coloca la gestión de los efectos de la pandemia no permiten esperar que se complete rápidamente la aprobación de esta ley, la votación de los representantes es una clara señal de que el país que otrora fuera pionero y líder mundial de la prohibición del cannabis, se encuentra en un punto de no retorno en el camino a su completa legalización.

Finalmente, el Tribunal Superior de la Unión Europea amparó la circulación comercial entre países de productos que contengan cannabidiol (CBD). Para ello se basó en que ese compuesto derivado del cannabis no puede ser considerado un estupefaciente, en la medida que no fue incluido en las listas de las convenciones internacionales sobre drogas y que por otra parte, las investigaciones disponibles determinan que su consumo es de bajo riesgo para la salud.

Estos eventos, que se dieron en el transcurso de unos pocos días, marcan que el camino iniciado por Uruguay y algunos estados norteamericanos en el 2013 está ingresando en una fase de cambio acelerado aunque no exenta de contradicciones, disparidades y resistencias. Una rápida mirada al mapa de quienes votaron por sí o no en la comisión de estupefacientes nos da una muestra clara de estas tensiones geopolíticas.

En este contexto internacional, Uruguay sigue siendo una referencia ineludible y causa la admiración de figuras y organizaciones que en distintas partes del mundo luchan por mejorar las políticas de drogas y aliviar los daños provocados por el prohibicionismo. Sin embargo, buena parte de los problemas con los cuales están lidiando los emergentes mercados legales de cannabis tampoco han podido ser superados en nuestro país.

Resuelto (no sin algunas materias pendientes) el acceso al uso adulto del cannabis por la vía del autocultivo, los clubes de membresía y la venta de cogollos en las farmacias, los problemas persistentes se encuentran en el acceso a productos medicinales, terapéuticos o nutricionales, incluyendo los de bajo o nulo contenido de tetrahidrocannabinol (THC).

La sostenida falta de capacidad del Ministerio de Salud Pública (MSP) para generar reglas y mensajes claros hacia productores, inversores y usuarios podría estar viendo un cambio con la inminente reglamentación de la Ley Nº 19847 (aprobada con el voto de todos los partidos en diciembre del 2019), según fue anunciado por el subsecretario de la cartera en la última edición de la Expo Cannabis.

¿Qué sería razonable esperar de esta reglamentación? En primer lugar cambios organizacionales en el MSP. La ley ya creó el Programa Nacional de Cannabis Medicinal y un Comité Técnico Asesor, pero estos aún no se han puesto en práctica y por lo tanto no hay un grupo de trabajo de referencia sobre la temática en nuestra principal autoridad sanitaria, la cual recordemos que, a falta de una entidad específica como tienen la mayoría de los países, es además nuestra agencia de medicamentos y alimentos.

Segundo, disposiciones que definan con amplitud y claridad los procedimientos para registrar productos derivados del cannabis con fines medicinales, ya sea como especialidades farmacéuticas o bien como productos vegetales, algo para lo que Uruguay ya perdió una oportunidad al no incluir el cannabis en la reglamentación de productos herbales de 2016.

Tercero, reglas que clarifiquen la forma en que las farmacias habilitadas podrán realizar preparaciones magistrales de acuerdo con las prescripciones médicas que indiquen formulaciones con distintas combinaciones de principios activos obtenidos del procesamiento industrial de la planta.

Cuarto, medidas que favorezcan la inclusión económica, la tecnificación y la capacitación de pequeños productores de cannabis con el objetivo de que la captura de las ganancias que este nuevo mercado genera, no quede solo en la mano de los grandes jugadores de la industria.

El anterior no es un listado exhaustivo, pero contiene medidas que se tornan urgentes para revertir el crecimiento distorsionado que ha tenido el mercado de productos medicinales hasta el momento. Si bien ha crecido su legitimidad social, la base científica que lo sustenta no ha parado de ensancharse y la demanda de productos también se ha incrementado en la medida que los médicos recomiendan y los pacientes ven claras mejoras su calidad de vida, los canales formales para acceder a productos de calidad no terminan de abrirse. Y mientras tanto se suman empresas que avanzan con planes e inclusive con licencias otorgadas para cultivar y procesar el cannabis con fines medicinales generando innovación, inversión y empleo, pero no cuentan con perspectivas claras sobre las posibilidades reales de registrar y comercializar sus productos.

Están dadas todas las condiciones para que Uruguay mantenga su posición destacada en el marco de un cambio de escala global que aún lidera junto a países como Canadá, Estados Unidos, Australia, Israel o Colombia. Por lo tanto estos próximos pasos que se avizoran son de una crucial importancia.

Pero el tema no se agota aquí. No quisiera finalizar este repaso sin mencionar las oportunidades asociadas al uso alimentario del CBD así como otros compuestos no-psicoactivos del cannabis. Como vimos antes, está cada vez más claro que el CBD no debe ser abordado desde el punto de vista regulatorio como un estupefaciente. Las convenciones de drogas no lo mencionan y se suman los dictámenes que lo ubican como un producto suficientemente seguro para la salud humana, en tanto en Europa como en Norteamérica vemos como diversos productos con infusiones de cannabis no psicoactivo ganan terreno en las preferencias de consumidores de alimentos y bebidas.

En Uruguay la puerta de entrada de los ingredientes alimentarios al mercado formal es el Reglamento Bromatológico Nacional el cual es administrado por el MSP, quien ya por otra vía habilitó la incorporación de cáñamo a nuestra tradicional yerba mate con resultados que se han mostrado seguros para la salud y exitosos a nivel comercial. ¿Por qué no dar un paso adelante y colocar a Uruguay como el proveedor regional de alimentos en base a cannabis no psicoactivo?

Para poder procesar exitosamente estos cambios es necesario que pensemos la regulación del cannabis más como algo vivo y dinámico, que nos coloca constantemente nuevos desafíos, que como un logro que podemos sentarnos a admirar frente a la vitrina de nuestras victorias nacionales.

Diego Olivera / @dolivera_uy

Diego Olivera es egresado de la Facultad de Ciencias Sociales de la UDELAR. Fue secretario general de la Junta Nacional de Drogas entre los años 2016 y 2020. Actualmente es Senador (suplente) por el Frente Amplio.