Contenido creado por Gerardo Carrasco
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Los implacables documentos

Los implacables documentos

Los hechos son importantes, pero en materia jurídica y política, los documentos son muy valiosos, sobre todo para desmentir a ciertos militantes tenaces por la causa del entrevero.

29.07.2014

Lectura: 7'

2014-07-29T15:34:00-03:00
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El diario El Observador esperó pacientemente la finalización de la Copa del Mundo de Fútbol para divulgar una noticia que tenía desde hacía 4 días sobre un supuesto documento de "Indemnidad" entregado por el Ministerio de Economía Y Finanzas al empresario Juan Carlos López Mena por el pago del pago del aval de PLUNA. Habíamos prometido investigar y lo hicimos.

Y tenemos documentos que muestran nuevamente el streptease del diario que habló de indemnidad entregada a varias empresas y de que se trataba de un acuerdo secreto.

Documento: Al pie de este artículo podrán acceder al texto completo en PDF del documento otorgado por el Ministerio de Economía y Finanzas el 11 de marzo del 2011. En la parte resolutiva se expresa:

"EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS RESUELVE:

Una vez ejecutado el pago por parte del Banco de la República Oriental del Uruguay, correspondiente al aval emitido con fecha de 1º de octubre de 2012, expídase conjuntamente con el Fideicomiso de Aeronaves.

Ley Nº 18.931 de 17 de julio de 2012, carta de pago del Banco de la República Oriental del Uruguay en donde se expresará que ésta Secretaría de Estado manifestará que no tendrá nada más que reclamar al Banco de la República Oriental del Uruguay, ni a ninguna otra persona física o jurídica, por ningún concepto directa o indirectamente vinculado por el otorgamiento del título referido ni de la subasta extrajudicial antes mencionada así como la declaratoria donde se dé satisfacción al requerimiento mencionado en el Resultando VIII de la presente Resolución.

Comuníquese al Banco de la República Oriental del Uruguay Ley Nº 18.931 y pase a conocimiento del Sector de Contencioso de la Asesoría Jurídica a sus efectos".

En ningún caso se habla de "Indemnidad" y todo el operativo fue montado en base a ese concepto falso.

Llamo la atención sobre la cláusula IV del documento, porque define el alcance exacto del mismo.

"IV) que a mayor abundamiento -y pese a refutarse anodina la solicitud de renunciar a promover cualquier tipo de reclamo contra terceros contra los cuales no se posee vínculo jurídico alguno-, la naturaleza jurídica de lo documentado en el aval que se abonaría, puede catalogarse de una hipótesis de liquidación anticipada de daños y perjuicios eventualmente derivada del incumplimiento del mejor postor en la subasta, por lo cual -ante la cancelación del 100% (cien por ciento) del adeudo- debe tenerse por satisfecho el crédito, debiéndose documentar que no se accionará contra persona alguna por cuestiones relacionadas con dicha subasta".

Lo que surge claramente es que si una empresa se va hacer cargo de un pago de U$S 13.885.156 dólares por una multa, pues de eso se trata, para cubrir el aval por haberse retirado de un remate en el que se comprometió a comprar por U$S 137.000.000 de dólares 7 aviones de la ex PLUNA S.A., por las razones que sea, que el cobrador le expida un documento que certifica que esa "Secretaría de Estado manifiesta no tener nada más que reclamar al BROU, ni a ninguna persona física o jurídica por ningún concepto, directa o indirectamente vinculado con el otorgamiento del título referido ni a la subasta extrajudicial antes mencionada..." es elemental. El privado, Juan Carlos López Mena, lleva pagados hasta la fecha U$S 4:000.000 y está en un litigio judicial por el saldo, y en ningún caso el BROU tiene limitación alguna para reclamar. Y el único que pagó algo en todo esto fue el privado y no el Estado a través de ningún organismo.

Por el contenido del documento del MEF cualquiera comprende que no tiene ningún motivo para publicarse, ni mucho menos en la página web de la Presidencia de la República, como con muy mala lecha señala El Observador. El diario accedió esa información porque existe la Ley 18.831 del 17 octubre del 2006, aprobada durante el gobierno de Tabaré Vázquez. Antes no había ningún instrumento legal para reclamar este tipo de información. El diario recibió la respuesta del MEF el 10 de julio y recién la publicó, en portada y con gran destaque el lunes 14 de julio, al otro día del fin de la Copa del Mundo...Qué casualidad.

Sabemos que esta clase documentos son de árida lectura, pero como ciertos medios de prensa de asalto han deformado la realidad, presentando información parcial y dosificándola en el tiempo de acuerdo a su plan de campaña, nosotros preferimos brindar las versiones originales. Para que cada lector pueda hacerse un panorama completo de la situación.

Y como últimamente se mezclan circunstancias totalmente diferentes, surge una vez más con claridad que en todo el proceso de la liquidación de PLUNA, ningún privado, gobernante o funcionario se benefició con un centésimo. Y lo que queda cada día más claro es que el sistema del remate de los aviones, su precio y las condiciones, buscaban entre otras cosas que ningún privado ni nadie dentro del Estado pudiera beneficiarse con nada. Esto no se desprende solo de la Vista fiscal y del fallo de la Jueza, sino del simple sentido común.

Hasta ahora, lo único cierto en materia de dinero es que López Mena -un privado- ha pagado hasta ahora 4.000.000 de dólares por una multa, sin recibir nada, absolutamente nada a cambio, y tiene un contencioso con el BROU por el saldo del aval. Pero pagó y no se llevó nada.

Hay que recordar que la denuncia efectuada por todos los senadores del Partido Nacional fue por todo el proceso de PLUNA S.A, y que luego de varios meses de investigación por parte del Juzgado del Crimen Organizado, lo único que les fue imputado a Fernando Lorenzo y Fernando Calloia fue lo relativo al aval otorgado para participar en el remate extrajudicial de las aeronaves, donde el gobierno hizo los máximos esfuerzos para obtener 137.000.000 de dólares. Y en el proceso se excluye explícitamente cualquier acusación de enriquecimiento o de interés privado de parte de los funcionarios.

Es más; en la vista fiscal, el centro de la acusación contra el ministro y el presidente del BROU es haber favorecido a la empresa COSMO SL sobre la empresa Mont Fortelco (las otras dos mencionadas, la Embajada de Venezuela y el Grupo Molinari desmintieron terminantemente todo interés en el momento de definición de la subasta). Existe también otro pequeño detallecito: el Encargado del Fideicomiso resuelto por la Ley N.º 18.931, (PLUNA) Javier Libermann, en una declaración en el juzgado estableció que los representantes de Mont Fortelco nunca concurrieron a sede alguna del BROU, y que a pesar de habérseles facilitado todos los trámites y alternativas posibles, reitero, nunca concurrieron al banco.

¿Cómo se puede desfavorecer la participación de una empresa si esta ni siquiera se presenta en una sola oportunidad ante el banco? Misterio total.

Pero, como algunos reducen todo a la contabilidad, debe quedar claro que en la operación del aval el Estado uruguayo (MEF, BROU, Fideicomiso) no solo no perdió un solo dólar, sino que se llevan cobrados U$S 4.000.000 y se está en litigio para cobrar otros 9:600.000 dólares.

En todo el resto del proceso la Justicia no encontró ningún otro motivo para acusar o encausar a Fernando Lorenzo y Fernando Calloia.
Los salvadores de la Patria no dicen una sola palabra sobre el hecho de que el esfuerzo del gobierno tenía como objeto vender las aeronaves en el remate a 137.000.000 de dólares, y ahora se están vendiendo por 77.000.000 de dólares. De eso mutis por el foro y por otros lados.

Me queda un eslabón, sobre el que estoy trabajando en materia de documentos. ¿Cuál fue el motivo para que Juan Carlos López Mena se hiciera cargo del pago del aval? Estoy trabajando.