Contenido creado por Matías Rocha
Cybertario

Cybertario, por Gerardo Sotelo

Ilegal y preocupante: sobre el polémico comunicado de Presidencia

La Presidencia de la República ha incorporado una nueva práctica de comunicación que constituye una grave violación de los principios jurídicos.

23.02.2018 12:52

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2018-02-23T12:52:00-03:00
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La polémica callejera en la cual el presidente Vázquez resultó acusado de mentiroso por un colono fue continuada en la página web de Presidencia con un comunicado que hace referencia a la situación contractual del acusador con el Instituto de Colonización.

El comunicado es de una diáfana y ordinaria arbitrariedad, puesto que no pretende tener más motivo ni argumento para justificar el escrache que haber sido el aludido "el integrante de la Mesa de Colonos que acusó de mentiroso al presidente Tabaré Vázquez".

El hecho no tiene precedentes en nuestro país. No porque los anteriores ocupantes del cargo no hayan utilizado su enorme poder para acallar voces disidentes (a excepción de Jorge Batlle) sino porque, estando ante una flagrante violación de principios y textos jurídicos, se preocupaban al menos de no dejar rastros ni hacer alarde.

El Artículo 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que busca proteger la honra y la dignidad de las personas, establece que "nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada... ni de ataques ilegales a su honra o reputación".

La Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra un principio similar en su artículo 12, y en el 19 reconoce que el derecho de todo individuo a "la libertad de opinión y de expresión" incluye el de "no ser molestado a causa de sus opiniones". Estos derechos son inalienables y no caducan por el hecho de que el agraviado pueda ser, a su vez, agraviante. Pero hay más.

La ley 18331, que lleva la firma del presidente Vázquez, protege los datos personales por tratarse de un derecho humano, considerando como tales a la "información de cualquier tipo" (Art. 4). Para la ley, estos datos deben manejarse según el principio de finalidad ("no podrán ser utilizados para finalidades distintas" a las que motivaron su obtención; Art. 8) y reserva (obligación de utilizar la información "en forma reservada y exclusivamente para las operaciones habituales"; Art.11).

Para el abogado penalista Juan Fagúndez, el comunicado de la Presidencia es "un acto sumamente anti-republicano", porque utiliza el aparato del gobierno para matar a un tipo públicamente".

Alcanza con imaginarse qué tipo de brulotes pueden llegar a difundirse a partir de ahora en las redes sociales (convertidas ya en una cloaca de información espuria, cuentas falsas y grupos de campaña trabajando con "big data") si desde la Presidencia de la República se fomenta del trabajo sucio.

Apenas enterado del comunicado, notifiqué a la Institución Nacional de Derechos Humanos, a la Fiscalía de la Nación y al relator para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el uruguayo Edison Lanza. Al mismo tiempo, varias voces del derecho, la política y el periodismo hacían saber su preocupación.

Es de esperar que la reacción de las instituciones responsables de que se cumpla la ley, esté acorde con la diligencia que impone la vulneración de los derechos de los ciudadanos. 

Por Gerardo Sotelo.