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Pablo Mieres

Escribe Pablo Mieres

¿Voto obligatorio para elegir autoridades de BPS?

"A nadie se le ocurre obligar a los socios de una Asociación Civil o de un club deportivo o de un partido político a votar en la elección de autoridades".

11.03.2016 14:41

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2016-03-11T14:41:00-03:00
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Este fin de semana se realizan las elecciones de representantes sociales para el Directorio del Banco de Previsión Social, por ley esta convocatoria es de carácter obligatorio estableciéndose sanciones para aquellos que no concurran.

La obligatoriedad del voto con sanción es una solución que la normativa vigente ha establecido también para la elección de las autoridades de la Universidad de la República y para la elección de los representantes docentes en los Consejos de ANEP.

¿Por qué es obligatorio, por qué se establece una sanción para los que no voten? Realmente no tiene sentido ni fundamento. Una cosa es el voto para la elección de gobernantes en cuyo caso la convocatoria es a los ciudadanos en su condición de tales con respecto a la elección de gobiernos (nacional, departamental o local) cuyas decisiones serán aplicables al conjunto de la ciudadanía y otra cosa muy distinta es pretender que ciertas categorías o conjuntos específicos de ciudadanos deban estar obligados a elegir autoridades de organismos que hacen a aspectos específicos de la actividad.

A nadie se le ocurre obligar a los socios de una Asociación Civil o de un club deportivo o de un partido político a votar en la elección de autoridades. Se trata de organizaciones de la sociedad civil a las que se pertenece de manera voluntaria y en las que cada uno elige qué nivel de participación corresponde.

En el caso de estos organismos, también se trata de ámbitos de pertenencia que no refieren a la ciudadanía en general, sino a ciertos colectivos de ciudadanos que poseen ciertas características específicas. Estamos hablando de los trabajadores activos en relación de dependencia, de los empresarios y de los jubilados; o de los graduados, estudiantes o docentes de la Universidad de la República.

¿Por qué obligarlos a elegir sus representantes? ¿Qué razones llevan a sancionar a aquellos que simplemente no tienen interés en participar de dicha elección?

Realmente, no entendemos por qué se exige tal obligatoriedad que va más allá del deber ciudadano.

Por otra parte, los obligados a votar se expresan mediante su voto. Los resultados de estas elecciones obligatorias ponen en evidencia hasta qué punto tal obligatoriedad es una imposición.

En las elecciones universitarias de 2014, a pesar de la obligatoriedad del voto, el 31,8 % de los egresados se abstuvo y el 30,1 % votó en blanco o anuló el voto. Por lo tanto, sólo el 38,1 % de los egresados votaron a alguna de las alternativas presentadas.

En las anteriores elecciones para el Directorio del Banco de Previsión Social el 49,7 % de los activos que asistieron a votar lo hicieron en blanco o anularon el voto, lo mismo ocurrió con el 54,9 % de los empresarios y con el 17,2 % de los jubilados.

De modo que aunque se los obligue, los ciudadanos expresan su rechazo mediante la alternativa del voto en blanco o nulo. No es bueno forzar la asistencia a las urnas cuando no se trata de asuntos de interés ciudadano sino que estas decisiones abarcan a ciertos conjuntos corporativos de individuos.

La alternativa de eliminar la obligatoriedad sería muy bienvenida por la enorme mayoría de los ciudadanos y no afectaría la legitimidad de sus resultados. Es muy sencillo, los que se sienten identificados y quieren participar lo hacen, pero no se obliga a quienes no saben bien de qué se trata o simplemente no les interesa incidir en estas elecciones. Por el contrario, los altísimos porcentajes de votos en blanco o nulos muestran distancia y, además, agregan malestar y mal humor por una exigencia indebida.

Vamos a insistir con nuestra iniciativa, buscando eliminar una exigencia que no tiene fundamento y se vuelve contradictoria con la libertad de los ciudadanos que es, en definitiva, el bien a tutelar.

Justamente, en el plano de las conductas de los individuos, el principio general es el de la libertad que sólo se puede afectar por razones de interés general, no es este, a nuestro juicio, el caso.