A partir de este viernes 8 de julio, comienza a regir la obligatoriedad del uso de las luces bajas encendidas durante el día para circular en automóvil por las rutas brasileñas.
Vale decir que quienes con cierta regularidad cruzamos la frontera en auto, deberemos continuar con las luces prendidas, tal como lo exigen las leyes de nuestro país desde hace algunos años. Seguramente para la gran mayoría no represente un cuidado especial pues la fuerza de la costumbre hace que a pesar del cambio territorial, no pensemos en apagarlas.
Aún así vale el recordatorio, porque además hay un pequeño diferencial. La ley brasileña se aplica, por ahora, solamente para la circulación por carreteras. Vale decir que para transitar por calles y avenidas urbanas, las luces pueden estar apagadas.
La reglamentación aclara además que validará únicamente las luces bajas de los faros principales del vehículo, y no así las luces de niebla o cualquier otro dispositivo lumínico auxiliar. Salvo, claro está, las luces diurnas de LED o DRL, que muchos modelos ya traen incorporados como equipamiento de serie y que según un comunicado de la Policía Rodoviaria Federal, serán tomados como válidos.
Cabe recordar que hasta ahora existía solamente una recomendación por parte de las autoridades brasileñas de tránsito para su utilización bajo condiciones adversas de visibilidad, tales como lluvia o niebla intensa.
Las multas aplicadas por el incumplimiento de esta nueva disposición, será del orden de los R$ 85 para la etapa inicial, pero a partir de noviembre ese valor ascenderá a R$ 130.
Luis Piedra Cueva - Con datos de Noticias Automotivas
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