Contenido creado por Martín Otheguy
Colaboraciones

Una réplica de proporciones

Sobre el conflicto en la Franja de Gaza

Artículo de Yosef Levi-Sfari, el cónsul de Israel en Uruguay, sobre los últimos acontecimientos en el sur de Israel y la franja de Gaza.

29.12.2008 09:21

Lectura: 5'

2008-12-29T09:21:00-03:00
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Las reacciones de las potencias mundiales al ataque de la aviación israelí a las bases de Hamás en Gaza, expresaron comprensión a los motivos que movieron a Israel a dicha réplica, y llamaron al cese de hostilidades de ambas partes, al que Israel estuvo dispuesto hasta el rompimiento unilateral de la tregua por parte de Hamás.

Es de esperar que los terroristas que controlan la Franja de Gaza recapaciten, y asuman que no podrán seguir hostigando a un millón de civiles israelíes a sus anchas con andanadas de cohetes y misiles, sin que Israel salga a defender a su población atacada.

Israel, como estado soberano, carga con el deber de preservar y salvaguardar las vidas y la integridad física de sus ciudadanos. Frente a los ataques constantes e incesantes de obuses, morteros y proyectiles al sur del país, perpetrados durante meses y años según capricho de las organizaciones terroristas afincadas en Gaza, Israel no pudo quedarse de brazos cruzados viendo el sufrimiento gratuito de su gente, sin faltar a su obligación básica como estado que vela por su gente.

Israel agotó todas y cada una de las instancias pacíficas, diplomáticas y de negociación posibles, y decidió actuar militarmente cuando ninguna de ellas trajo los frutos esperados. Así lo reconoció el ministro de RREE de Egipto – país que realizó esfuerzos ingentes por hacer entrar en razones a Hamás, hasta aquí sin resultados – cuando dijo que Hamás no podía pretender disparar gratuitamente contra Israel, sin atenerse a las consecuencias de sus actos.

En momentos en que Israel sale a defenderse atacando posiciones militares enemigas, surge la cuestión de la proporcionalidad de la réplica israelí, en aplicación de los principios del Derecho Internacional, según los cuales el derecho de los estados a la legítima defensa, que emana del artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, debe ser ejercido con ajuste a la proporcionalidad del ataque y la amenaza a repeler.

El principio de proporcionalidad no surge de una fórmula matemática, y sus parámetros se aplican a criterio según cada realidad y situación. Hay, sin embargo, casos claros y evidentes. Un único incidente fronterizo aislado, por ejemplo, no amerita ni justificaría una declaración de guerra sin cuartel al transgresor, reacción que sería tachada sin más de desproporcionada. Distinto es el caso tratándose de un acoso de violencia premeditada, utilizado como metodología de manera incesante y prolongada en el tiempo, y adoptado como parte de una estrategia generalizada de desmoralizar y aterrorizar a la población. En dicho caso, el atacante no podrá pretender que el agredido se defienda en tiempo y forma según la conveniencia, la comodidad y los parámetros establecidos por el propio agresor.

En tren de ejemplificar, supongamos que se tratara del disparo de un misil impreciso, lanzado de tanto en tanto sobre la población civil. ¿Exigiría en dicho caso el principio de proporcionalidad, que la respuesta del agredido en ejercicio de su derecho a la legítima defensa, se limite al disparo de un misil impreciso de su parte, sobre la población civil del agresor? La respuesta es obviamente negativa. ¿Y si el atacado reaccionase con un misil preciso, dirigido contra el cuartel de operaciones del atacante?

No habrá en dicho caso quien discrepe, que la defensa está plenamente justificada. De ello se desprende, que si las andanadas de misiles imprecisos que Hamás y sus secuaces arrojaron desde la retirada completa de Israel de la Franja de Gaza, causaron “sólo” 10 muertos, 780 heridos, y el desquiciamiento de la vida normal de un millón de personas, mientras que el bombardeo preciso de las bases de entrenamiento de Hamás causaron cientos de bajas entre sus combatientes uniformados, Israel se ajustó plenamente al principio de proporcionalidad en su respuesta a las agresiones.

La proporcionalidad no busca infligir al agresor un castigo paralelo a su agresión, ni viene a justificar una venganza aplicando la Ley del Talión, ojo por ojo y diente por diente. La proporción a considerar no es entre el resultado de los ataques del atacante y del agredido, sino debe ajustarse al grado de amenaza que se cierne sobre la víctima de la agresión. La escalada de violencia gestada y pergeñada por Hamás y sus secuaces durante los últimos años, que comenzó con el hostigamiento esporádico de cohetes artesanales dirigidos a Sderot y otras poblaciones muy cercanas al límite con Gaza, creció y se expandió hasta convertirse en una grave amenaza que abarca un millón de civiles inocentes, que viven en el radio de hasta 40 kilómetros que alcanzan los sofisticados misiles Grad y Katiusha con que se han pertrechado los terroristas.

Fue la jueza Rosalyn Higgins, presidenta de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, quien definió el tema con meridiana claridad, cuando precisó en su momento: "La proporcionalidad no puede ser en relación con ningún ataque específico previo, sino en relación al legítimo objetivo general de poner fin a la agresión. En otras palabras: el derecho a la autodefensa no se refiere sólo a impedir una amenaza inmediata, sino a impedir también las futuras".

Yosef Levi-Sfari, Portavoz de la Embajada de Israel en Uruguay