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Air Class rebate informe ante jueza

Air Class presentará ante la Justicia elementos que demuestran que no había falta de mantenimiento en la aeronave que se estrelló en el Río de la Plata y que no fueron considerados en el informe preliminar. En diálogo con Montevideo Portal, su vocero Florencio Macedo rechazó que se haya “puesto en peligro” a los tripulantes.

13.06.2013 00:57

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2013-06-13T00:57:00-03:00
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Montevideo Portal

Los responsables legales de la empresa Air Class se presentarán en las próximas horas ante la Justicia para aportar elementos que aseguran no estuvieron comprendidos en el informe preliminar divulgado días atrás por la Oficina de Investigación y Prevención de Accidentes e Incidentes de Aviación (OIPAIA).

El representante de la empresa Florencio Macedo dijo a Montevideo Portal que, luego de que la jueza del caso Beatriz Larrieu diera "vista" a las partes involucradas del informe elaborado por la DINACIA, la empresa buscará entregar a la Justicia documentación que entiende reafirma la no responsabilidad de Air Class en el siniestro y que no fue incluida en el informe preliminar. "Si bien hay que esperar las conclusiones finales, hay algunas pericias que demuestran que el accidente y el fallecimiento de los tripulantes no obedecen a un problema de mantenimiento del avión y por ende, responsabilidad de la empresa".

A pesar de que el informe no comprueba que el siniestro fuera ocasionado por fallas técnicas, la investigación da cuenta de varias irregularidades cometidas por la empresa, entre las que figura la falta de los Registros Técnicos de Vuelo (RTV), que deben ser completados obligatoriamente por cada piloto con las posibles fallas encontradas en cada viaje.

Macedo aseguró que "los registros existen, están todos firmados y en poder de la DINACIA", aunque reconoció que "puede ser que algún piloto no lo haya llenado, como es obligación, y en su lugar haya mandando un mail, como hizo Rigo en algún momento".

El abogado de la empresa dijo además que algunas de las críticas que aparecen en el informe le caben más a los inspectores de la DINACIA que a la empresa, dado que "se dice que el avión no tenía piloto automático cuando en la inspección se consignaba que sí, pero esos aviones no tienen piloto automático de fábrica y no es necesario que lo tenga". En ese sentido, calificó esa información como "un error del inspector" de la DINACIA.

La empresa también apunta a la DINACIA en relación a la carencia de manuales actualizados y el listado de equipamiento mínimo que señala el informe. "Hay cosas que son medias extrañas porque esa información la tenemos no sólo nosotros sino también la DINACIA, entonces ¿cómo pueden decir eso?", apuntó el abogado.

Sobre delitos

El representante de Air Class desestimó a su vez que la empresa haya incurrido en el delito de "peligro para el hecho aviatorio" al poner en riesgo la vida de los pilotos con la falta de controles a las aeronaves. Al respecto, Macedo anunció que ante la Justicia "vamos a hacer referencia a que ese delito nunca se aplicó en Uruguay y en realidad está establecido para que alguien que secuestró un avión, es decir, es para otra cosa".

El abogado de la familia Rigo, Martín Thomasset, rebatió este argumento en conversación con Montevideo Portal.

"En primer lugar, las leyes para estar vigentes sólo necesitan cumplir con el procedimiento establecido en la Constitución, es decir, a grandes rasgos, ser aprobadas por el Parlamento y publicadas por el Poder Ejecutivo. Si la ley se aplicó antes (o no) no incide en su vigencia, la norma existe y está para cumplirse. Les pongo un ejemplo sencillo. Si hay una norma que prohíbe tirar basura en una esquina y no se aplican multas, eso no quiere decir que sea legalmente admisible que uno tire la basura en esa esquina", explicó.

En segundo lugar, agregó en referencia a ese delito que el artículo 200 no sólo no hace referencia alguna al "secuestro" de aeronaves, sino que además es mucho más amplio. "Por ejemplo, dice que quien engendra peligro en un aeropuerto también está cometiendo este delito. Hago esta aclaración para que quede claro que en ninguna parte de la norma se habla del secuestro de nada, ni de aviones, ni mucho menos de aeropuertos. Se habla de poner en peligro. Y recordemos además que hay dos catedráticos grado 5 de Derecho Penal que entienden que el artículo 200 es aplicable al caso", señaló, en referencia a los informes de Milton Cairoli y Miguel Langón. "El secuestro de aeronaves está prohibido en otra norma, en el artículo 198 del Código Aeronáutico, que penaliza a quien se apodera de una aeronave de forma ilegítima", señaló.

Los riesgos de volar

Según el abogado Florencio Macedo, la empresa nunca tuvo intención de arriesgar la vida de los pilotos: "hay que recordar que los propios directores de la empresa volaban en esos mismos aviones con sus familias".

Con respecto al resto del informe, Macedo aclaró que la intención de la empresa "nunca fue responsabilizar a los pilotos por el siniestro", aunque resalta que el reporte recoge "pericias que arrojan algunas conclusiones" que demuestran que la empresa no fue la responsable del siniestro.

En ese sentido, mencionó informes de la Facultad de Ingeniería que indicaron que las hélices funcionaron correctamente y pericias de Bomberos que especificaron que la aeronave no se incendió en la caída. Además, sostuvo que "hay un taller argentino que dice que los motores funcionaban correctamente", en función del ángulo y la velocidad con que cayó al agua.

Para la empresa, el dato más importante del informe preliminar está en lo que sucedió con las dos cajas negras. Tal como se supo tras los análisis realizados en Estados Unidos, ambas cajas negras contenían grabaciones del vuelo inmediatamente anterior al del accidente. En base a esto, el vocero de Air Class consideró que eso sucedió porque "o fallaron las cajas en ese vuelo o no se prendió el instrumento que energiza esas cajas y otros elementos".

"Le preguntamos al fabricante de las cajas negras y a nuestro gerente de mantenimiento si pueden fallar las dos cajas negras al mismo tiempo y la respuesta terminante de ambos fue que eso es prácticamente imposible", señaló Macedo, agregando que según esos técnicos "puede que falle uno, pero no las dos".

De ese argumento se valdrá la empresa para reafirmar ante la Justicia que "la otra alternativa que queda es que la tripulación no encendió el aparato que da energía a las cajas negras, que no influye en el vuelo pero también da energía a otros instrumentos".

Macedo explicó que "se trata de la misma perilla que enciende el Horizonte Artificial y otros elementos realmente importantes a la hora de volar". En ese sentido, el abogado afirmó que, sin esos instrumentos funcionando, es posible que los pilotos "no tuvieran referencia del mar y pensaran que estaban girando hacia arriba cuando en realidad estaban girando hacia abajo".

A este respecto, la familia de Walter Rigo también tiene discrepancias. "Tenemos que destacar que el avión no tiene un solo horizonte artificial sino tres, y uno de ellos funciona aunque no estén encendidos los inversores. Respecto a Rigo, hacía las quejas por mail porque la empresa le prohibió llenar los RTV, así como se lo prohibieron a otros tantos pilotos que ya han declarado tales circunstancias en el juzgado, y algunos de ellos además en la DINACIA. No debemos olvidarnos que todos los RTV donde se ponía el nombre de Rigo la firma que aparece no era la suya ni la de su copiloto. ¿Es legal hacer eso? Por supuesto que no. ¿Es delito firmar por otra persona un documento relativo a la seguridad de un avión? Por supuesto que sí", afirmó Martín Thomasset.

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