Contenido creado por Martín Otheguy
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La Franja de Gastos

Las nuevas franjas del IRPF

Con el nuevo mínimo no imponible del IRPF fijado a $ 18.185, ¿cuáles son los descuentos que se aplicarán a nuestros sueldos? Te ofrecemos una planilla detallada que calcula automáticamente el IRPF, el sueldo líquido a cobrar y además compara cuánto cobrarías con el viejo IRP que regía hasta el 2007. Descargalas.

10.01.2013 10:41

Lectura: 4'

2013-01-10T10:41:00-03:00
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Montevideo Portal

Esta semana el director de la Asesoría Macroeconómica del Ministerio de Economía y Finanzas, Andrés Masoller, adelantó cuál será el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones en el 2013, gracias al cual se puede calcular el nuevo mínimo no imponible del IRPF y las franjas de aportación del impuesto.

En decreto publicado este viernes (y que adjuntamos al final de la nota) se confirmó finalmente que el aumento de la BPC será del 7,48% ($2598), lo que llevará el mínimo no imponible mensual del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a $ 18.185 (siete BPC).

Con la BPC se calculan no sólo los topes de aportes al IRPF sino también del IASS (Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social).

En las planillas que adjuntamos al final de esta nota se puede determinar cuál será el IRPF de los trabajadores (con un único empleo) y el cálculo de IASS a los pasivos. Tan sólo ingresando el sueldo nominal, más algunos datos básicos (como hijos a cargo o deducciones) la planilla calcula el sueldo líquido a cobrar, además del aporte al BPS y el Sistema Nacional Integrado de Salud.

Ambas planillas también comparan el IRPF actual con el primer IRPF (el vigente hasta el 31/8/2008), y también lo comparan con el viejo IRP, (el Impuesto a las Retribuciones Personales creado por Luis Alberto Lacalle y que fue eliminado en junio de 2007 por la reforma tributaria, la misma que entre otras cosas creó el IRPF).

En el caso de la planilla de los pasivos también hay una comparación entre el IRPF que se derogó con el actual IASS.

Ejemplos

Haciendo una prueba en estas mismas planillas, arroja los siguientes resultados, para el caso de los trabajadores (con un único empleo):

• TRABAJADORES SIN HIJOS Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $22.630 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

• TRABAJADORES CON 1 HIJO Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $25.980 NO PAGA ANTICPO MENSUAL DE IRPF, (LOS HIJOS TIENEN QUE SER MENORES DE 18 AÑOS Y CAPACES)

• TRABAJADORES CON 2 HIJOS Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $28.062 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

• TRABAJADORES CON 3 HIJOS Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $31.377 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

• EN EL CASO DE TRABAJADORES CON 1 HIJO LEGALMENTE RECONOCIDO COMO INCAPAZ DE CUALQUIER EDAD Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $28.062 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRFP.

• TRABAJADORES CON 2 HIJOS LEGALMENTE RECONOCIDO COMO INCAPAZ DE CUALQUIER EDAD Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $34.692 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

SITUACIONES CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD Y SIN COBERTURA DE SALUD

• TRABAJADORES CON 1 HIJO Y CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD, CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $25.980 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

• TRABAJADORES CON 2 HIJOS Y CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD, CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $28.740 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

• TRABAJADORES CON 3 HIJOS Y CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD, CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $32.136 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.

LOS HIJOS PUEDEN SER PROPIOS O SOLO DE SU CÓNYUGE O CONCUBINO, ALCANZA CON QUE ESTEN A SU CARGO. Y EN ESTE CASO, TANTO EL CÓNYUGE O CONCUBINO COMO LOS HIJOS DE ÉSTE, PASAN A TENER COBERTURA DE SALUD.

EN EL CASO DE PASIVOS: NO PAGAN IASS LOS PASIVOS QUE TENGAN UNA PASIVIDAD, A PARTIR DEL AÑO 2013, HASTA $20.788

Monto mínimo jubilatorio

Tomando la nueva BPC, ($2.598), también se puede calcular el nuevo monto mínimo jubilatorio. El mismo es de 2.25 BPC, con lo cual el mínimo jubilatorio a partir del 1/1/2013 es de $5.846. Es de esperar que para julio haya aumentos diferenciales para las pasividades más bajas, (hasta 3 BPC), y también en esa instancia se aumentará el mínimo jubilatorio, que pasará de 2.25 a 2.5 BPC, elevando de $5.846 a $6.495 estas pasividades.

El mínimo jubilatorio en el correr del 2013 tendrá entonces un aumento del 19.4%, tomando en cuenta el del 2012.

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Documentos asociados:

decretobpc.pdf -
IASS PASIVOS 2013.xls -
IRPF 2013 ÚNICO EMPLEO.xls -