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Política

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Derecho de respuesta en internet

El líder del Partido Colorado Pedro Bordaberry presentó un proyecto de ley para implementar el derecho de respuesta e impedir la censura previa en Internet. “La libertad de expresión nos viene a los orientales desde el fondo mismo de nuestra historia”, señala el proyecto en su exposición de motivos.

07.08.2012 21:35

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2012-08-07T21:35:00-03:00
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El líder del Partido Colorado Pedro Bordaberry presentó este martes un proyecto de ley para implementar derecho de respuesta en Internet y prohibir la censura previa en ese ámbito.

En la exposición de motivos, Bordaberry cita el artículo 29 de la Constitución que señala que “es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a la ley por los abusos que cometieron”.

”La libertad de expresión nos viene a los orientales desde el fondo mismo de nuestra historia. Un esbozo se encuentra en la Instrucciones del Año 1813 de José Artigas que en su artículo 3ero establecían la promoción de la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable”, agrega el senador en su argumentación.

En cuanto al derecho a réplica el artículo primero del proyecto de ley, integra las redes informáticas a los medios de empleo a través de cuales pueda afectarse el derecho al honor y la intimidad, establecidos en el artículos 7 y los inherentes a la persona humana, señalados en el el artículo 72 de la Constitución.

” Toda persona podrá solicitar ante el tribunal competente en su domicilio, la restricción o bloqueo de acceso a contenidos específicos que lesionen derechos o garantías reconocidos por la Constitución. En materia de competencia y procedimientos se aplicarán los establecidos en la Ley 16011, de 19 de Diciembre de 1988 y normas concordantes. El tribunal podrá adoptar decisión cautelar provisoria, sin oír previamente a la otra parte cuando exista riesgo de daño irreparable, y preservando en lo posible el derecho a la libre expresión del emisor”, señala el artículo tercero del proyecto.

Todas las personas podrán requerir una rectificación de la información publicada en “términos agraviantes, disminutorios o capaces de producir el rechazo social por intermedio de las redes informáticas y gozará de derecho de respuesta, en el mismo medio y con similar destaque”.

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