Contenido creado por Martín Otheguy
Política

Lea las contraindicaciones

Señalan contradicciones en nueva ordenanza para medicamentos de alto costo

El legislador Martín Lema hizo un pedido de informes para aclarar las "contradicciones" entre la nueva ordenanza para acceder a medicamentos de alto costo y las expresiones del presidente Tabaré Vázquez y del propio ministro de Salud.

08.09.2016 13:13

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2016-09-08T13:13:00-03:00
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El legislador Martín Lema se ha especializado en el área de la salud, con especial hincapié en el acceso a medicamentos de alto costo, debido a que discrepa con la política que ha llevado el gobierno al respecto.

En agosto del 2016, el ministro de Salud Pública había anunciado que "revisaría" y aplicaría algunas modificaciones a la ordenanza 882, que estableció un nuevo protocolo para el acceso a medicamentos de alto costo que no están incluidos en el Fondo Nacional de Recursos (FNR).

En junio Lema interrogó al ministro Jorge Basso en comisión a raíz de la "injusticia y desigualdad con la que continúa tratando el MSP el acceso a medicamentos de alto costo".

El 26 de agosto se modificó efectivamente el "procedimiento administrativo abreviado" para acceder a estos medicamentos, que mandata a la Comisión Técnica Asesora a elaborar el Informe respectivo considerando los beneficios clínicos pero incluyendo un análisis sobre los costos con el fin de que "no comprometan la viabilidad y sustentabilidad del Sistema de Salud".

Sin embargo, Lema considera que esta nueva ordenanza entra en contradicción tanto con lo expresado por el presidente Tabaré Vázquez, en respuesta a una inquietud de Luis Lacalle Pou, como con lo respondido por el ministro Basso a una consulta suya. Por ello mismo decidió elevar un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública.

"Lo expuesto se contradice con lo expresado por las autoridades del MSP, dado que en respuesta a un pedido de informes que cursáramos, el señor ministro de Salud Pública expresó que en el año 2015 se realizó una excepción, otorgando un medicamento no incluido en el FTM, lo cual ‘obedeció a criterios clínicos'. Asimismo fundamenta el no otorgamiento de más excepciones porque ‘la situación puntual del paciente no se configuraban dentro de los parámetros clínicos que ameritaban acceder a la excepción'", indica Lema en la exposición de motivos.

"En los casos en que el Ministerio de Salud Pública no ha accedido a esta práctica (otorgar excepciones) es porque la situación puntual del paciente no se configuraba dentro de los parámetros clínicos que ameritaban acceder a la excepción", fue la frase íntegra de Basso en aquella ocasión, para explicar cómo se resolvían las excepciones para otorgar medicamentos muy caros que no están en el formulario disponible. 

Además, Lema cree que la ordenanza "no contempla la exigencia de considerar, en el informe a elaborar por la Comisión Técnica Asesora, las opiniones emitidas por las cátedras de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República". "Sin embargo, el señor presidente de la República, en respuesta a una misiva elevada por el senador Luis Lacalle Pou, expresó que ‘se harán las consultas debidas con quienes tienen autoridad para opinar y aconsejar al respecto que son las correspondientes cátedras médicas de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República. Las directivas que de ellas emanen, serán respetadas'", recuerda el legislador.

El artículo 5 de la ordenanza "incorpora un concepto nuevo a utilizar por la Comisión Técnica Asesora al analizar la petición, sobre la posibilidad de considerar la situación económica del peticionante, a los efectos de evaluar diferentes alternativas de financiamiento", dice además Lema.

"Por todo lo expuesto y considerando que la Ordenanza 692/16 modifica el procedimiento administrativo abreviado, el cual fuera creado para peticiones que representan excepciones a prestaciones no comprendidas en el PIAS (Plan Integral de Atención en Salud) y el FTM (Formulario Terapéutico de Medicamentos), es que solicitamos al ministro de Salud Pública se sirva informar:

1. Motivos por los cuales la Ordenanza Nº 692/2016 incorpora el concepto de que los beneficios clínicos deben relacionarse con los costos incrementales respecto de alternativas de atención y cuidado, considerando los informes de Fármaco-economía.

2. Razones para no incluir opiniones de las cátedras de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, en clara contradicción con las expresiones del señor presidente de la República.

3. Explique cuál es el sentido de que exista un procedimiento abreviado, si se van a utilizar los mismos criterios que para incorporar o no medicamentos al Formulario Terapéutico de Medicamentos.

4. Indique el procedimiento con detalle de los datos que se relevarán a los efectos de evaluar la situación económica del peticionante y explique en qué casos la Comisión Técnica Asesora considerará la mencionada situación y con qué criterio se utilizará el análisis para rechazar, aceptar o evaluar alternativas de financiamiento", concluye el pedido de informes.

Lema señaló a Montevideo Portal que no tiene ningún sentido que los requisitos para brindar excepciones sigan siendo económicos, teniendo en cuenta que la inclusión de un medicamento en el formulario implica de por sí la utilización de un criterio económico. "Esto no es para que no se otorguen excepciones necesarias sino para que todos tengan las mismas oportunidades con reglas claras, señaló.