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La jueza letrada en lo penal de 38º Turno, Graciela Estauchio, condenó con prisión luego de un juicio abreviado a cuatro empleados de una estación de servicio que agredieron "física y psicológicamente" a un hombre discapacitado por su condición racial y religiosa.
La denuncia había sido presentada por el dueño de la estación de servicio -donde trabajaban los cinco involucrados, luego de que le llegaran dos videos donde se ven las acciones que tomaban estos sujetos con la víctima.
En uno de los registros se puede ver a C.L (uno de los procesados) atando de manos a M. para inmovilizarlo y pegándole una cinta aisladora en su cabeza "con forma de cruz". En tanto, a otro de los indagados (D.U) se lo ve dándole varias cachetadas, tomándolo del cuello; a ambos se los ve insultando y amenazando a M, "refiriéndose a él como 'este negro'".
El segundo video muestra a M en el depósito de la estación con las piernas y brazos abiertos amarrados en forma de cruz; ahí se puede ver a L hablando con la víctima y cantándole "canciones de Jesucristo". Al mismo tiempo de esto, R.P y S.A lo agreden físicamente y se ríen de la situación.
En determinado momento, P mira a la cámara, saluda a un familiar en el extranjero y le dice "así tratamos a los negros en Uruguay".
Según surge de las actuaciones judiciales, la víctima es afrodescendiente y trabaja en el lugar hace cuatro años; además recibe una pensión por discapacidad intelectual a través del Banco de Previsión Social.
La fiscal del caso, Mirta Morales, solicitó la condena de D.U, R.P y S.A como autores de un delito de violencia privada especialmente agravado en concurso formal con un delito de comisión de actos de odio, desprecio o violencia con la pena de cuatro meses de prisión.
En el caso de C.L la condena sería de seis meses de prisión por la doble comisión de los mismos delitos.
Todos los indagados acordaron con la defensa, asumieron la responsabilidad y acordaron la realización del juicio abreviado.
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