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Política

De frente y de perfil

Graciela Gatti y Andrés Ojeda alertan por "consecuencias negativas" de las formalizaciones

El 99,66% de las solicitudes de investigación de Fiscalía son aceptadas por los jueces y se inscriben en el registro de antecedentes.

03.08.2021 20:31

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2021-08-03T20:31:00-03:00
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Por Nicolás Delgado

El nuevo Código del Proceso Penal (CPP) entró en vigencia en noviembre de 2017 y con él un sistema acusatorio de Justicia, con juicios orales en lugar de los tradicionales procesos escritos que se registraban en expedientes. Entre otros cambios, los fiscales pasaron a dirigir las investigaciones, en lugar de los jueces, quienes ahora habilitan la investigación y dictan sentencia en función de lo planteado por las partes: la Fiscalía y la defensa de los indagados.

Casi cuatro años después de la implementación del nuevo CPP, la inmensa mayoría de las solicitudes de formalización de las investigaciones presentadas por Fiscalía han sido aceptadas por el Poder Judicial. "Del total de las formalizaciones solicitadas por un fiscal ante un juez desde la entrada en vigencia del nuevo CPP (2017): 45.062 fueron aceptadas (99,66%) y 154 fueron rechazadas (0,34%)", informó Andrés Ojeda en Twitter en base a datos aportados por la Fiscalía General de la Nación.

"Como se ve, prácticamente ninguna solicitud de formalización es rechazada por los jueces. Esto es porque la discusión de fondo se da en juicio oral. Conclusión, lo importante NO es la formalización, sino la eventual condena o absolución", planteó el abogado penalista y dirigente colorado el 26 de julio.

Además, Ojeda dijo a El Observador que teniendo en cuenta estas cifras, al momento de la formalización de la investigación "no debería haber más fichaje, foto de frente y perfil ni toma de huellas digitales, salvo caso de prisión preventiva". Para Ojeda, estos son requisitos heredados del anterior CPP que no tienen fundamento en el actual sistema.

La jueza Graciela Gatti, ministra del Tribunal de Apelaciones de Primer Turno y presidenta de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), concuerda en ciertos aspectos con el abogado que representa, entre otros clientes, al Sindicato de Funcionarios Policiales de Montevideo (Sifpom).

Una mezcla

Gatti, que integró entre 2015 y 2017 la Comisión Interinstitucional para la Implementación del CPP, explicó a Montevideo Portal que "la formalización supone que se le informe al imputado y al juez que la Fiscalía lo está sujetando a una investigación formalmente, y la Fiscalía informa cuál sería eventualmente el delito, qué grado de participación le atribuye a esa persona y con qué elementos objetivos cuenta hasta ese momento".

"No se diligencia prueba en la audiencia y el estándar de prueba es bastante básico. Se requiere que Fiscalía demuestre que tiene elementos objetivos como para decir ‘estoy investigando a esta persona por este delito, y lo estoy sujetando de alguna manera al proceso'. Si la fiscalía quiere pedir una medida cautelar, entonces ahí el estándar de prueba que va a tener que demostrar en la audiencia es superior, porque para pedir la medida cautelar sí se requieren elementos de convicción suficientes, como se pedía para el procesamiento. Pero para formalizar, el estándar es menor", aclara la magistrada.

"El problema es que nuestro derecho quedó muy atado al viejo auto de procesamiento (característico del anterior proceso de Justicia). Entonces, hay muchas consecuencias que se derivan de la formalización, que no tienen mucha razón de ser si es una mera comunicación. Quedó como una mezcla", sostiene Gatti.

Para la presidenta del gremio de los jueces, las consecuencias que genera la formalización para el imputado "deberían ajustarse y revisarse", en particular el hecho de que se inscriba en el registro de antecedentes.

"Debería ajustarse y revisarse; deberíamos ser consecuentes con el sistema. Si la formalización en definitiva no implica un pronunciamiento del juez sobre la prueba con la que efectivamente cuenta Fiscalía, sino un control de que Fiscalía tiene evidencias, porque ni siquiera es prueba, no parece lógico que a partir de ahí se le generen consecuencias negativas a un imputado", plantea Gatti.

Ojeda concuerda con la magistrada y cuestiona también que se forme un prontuario del imputado al momento de la formalización, cuando aún no hay nada probado. Sin embargo, para Gatti este no es el asunto más relevante. "La foto es lo de menos. Al estar inscriptos en el registro de antecedentes, les genera problemas porque se los considera reiterantes. Y eso ya supone determinadas consecuencias negativas a la hora de valorar futuros delitos", concluyó la presidenta del gremio de los jueces.

Por Nicolás Delgado


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