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Escribe Marcos Hernández

Opinión | Alzar la bandera del castigo es responder a la violencia con más violencia

Hace tiempo existe acuerdo entre los especialistas respecto a la ineficacia de la cárcel para cumplir con los fines que se le atribuyen.

17.05.2019 12:04

Lectura: 8'

2019-05-17T12:04:00-03:00
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Por Marcos Hernández* | @marcos_3311

Hace tiempo existe acuerdo entre los especialistas respecto a la ineficacia de la cárcel para cumplir cualquiera de los fines que se le atribuyen. Es parte de los problemas de seguridad y no de las soluciones. Sin embargo, ésta postura no está presente en el discurso común en materia de seguridad. En general, no se cuestiona la institución cárcel, sino que se la acepta como dada, e incluso algunos la defienden como si fuese la única o la mejor opción posible frente al delito.

Según el Artículo 26 de nuestra Constitución, las cárceles deben procurar la reeducación, la aptitud para el trabajo y "la profilaxis del delito". Sin embargo, hay una enorme distancia entre esa declaración de principios y la realidad. Nuestras cárceles no están pensadas para rehabilitar; desde la arquitectura hasta la mentalidad de los operadores. Las cárceles reproducen y amplifican las violencias y desigualdades del afuera, devolviéndolas nuevamente a ese espacio.

Consecuencia de ello es que en nuestro país el 60% de los liberados reincide. Debemos reflexionar acerca de una enorme contradicción entre la cárcel y su finalidad, señalada hasta el hartazgo: ¿cómo enseñar a una persona a convivir en sociedad, aislándola de la sociedad? Tarea más difícil aún en las condiciones que ofrecen nuestras cárceles; según el Comisionado Parlamentario Juan Miguel Petit, el sistema penitenciario actual ofrece oportunidades reales de rehabilitación solamente al 25% de las personas privadas de libertad, mientras un tercio de la población penitenciaria está sufriendo tratos crueles, inhumanos y degradantes, es decir, tortura, sin posibilidad alguna de reinserción social. Esas personas arrastrarán las secuelas para siempre, si sobreviven.

Esto motivó recientemente al Comisionado a presentar un recurso de Habeas Corpus correctivo tendiente al cierre del Módulo 8 del ex COMCAR (Unidad N° 4 del I.N.R. "Santiago Vázquez"), el cual obtuvo sentencia favorable recientemente, significando un avance no menor en materia de Derechos Humanos. También el cierre del ex Penal de Libertad (Unidad N° 3 del I.N.R. "Libertad") es urgente y ello ha sido señalado por el Comisionado en otras oportunidades.

Además, tenemos políticas de egreso y pre-egreso muy débiles, casi inexistentes, de manera que las personas salen del sistema peor de lo que entraron y en una situación de abandono total que las condena a la reincidencia y/o a la situación de calle.

Ahora bien, alguien podría decir que la función de la cárcel no es rehabilitar, sino lisa y llanamente castigar a las personas para que no vuelvan a delinquir, o para que sirva de escarmiento al resto. Lo cierto es que la cárcel tampoco sirve para eso: ni la severidad ni tampoco la probabilidad cierta del castigo disuaden a las personas de cometer delitos. Especialmente si se trata de los más graves.

La "justificación económica" de castigos excesivos basada en un análisis costo-beneficio ha fracasado: los delitos siguen ocurriendo aunque las penas sean más y más duras. Los infractores no toman decisiones racionales como presupone la economía. Eso sin mencionar que es moralmente cuestionable el hecho de seleccionar personas para que sufran un castigo con la finalidad de amedrentar a los demás, así como utilizarlas para "enviar mensajes" a través del sistema penal. Y es difícil afirmar que eso funciona: la comunicación es un proceso complejo, los mensajes no siempre llegan a destino ni se decodifican correctamente.

Por otra parte, la cárcel es injusta. Los sistemas penales emparejan cualquier ofensa a la pérdida de libertad del ofensor por un determinado plazo. ¿Cómo establecer la equivalencia entre la ofensa y el tiempo en prisión? No hay forma de fijar una escala sin arbitrariedad, y aunque se fije, suele ser quebrada por sucesivas reformas que endurecen las penas desproporcionadamente cada vez que la opinión pública se escandaliza con algún caso mediático. Así hoy por hoy, nuestro Código Penal castiga más severamente la rapiña que el homicidio.

Se suma otra injusticia, y es que la cárcel castiga a inocentes todo el tiempo. Priva a familiares y amigos del contacto (pensemos en hijos menores de edad) y los somete a tratos degradantes en caso de querer mantenerlo, como revisaciones invasivas y visitas conyugales. En algunos casos los priva del único ingreso existente en el hogar, desintegrándolo aún más, a veces llevando a otro de sus integrantes a perder la libertad en el intento de subsistir. La privación de libertad de mujeres con niños a cargo es un ejemplo brutal de éste defecto de nuestro sistema penitenciario. La cárcel destruye las relaciones de las personas y con ello sus vidas.

Quizá deberíamos adoptar un momento la perspectiva de las víctimas. Pero, ¿es el castigo lo que pretenden todas las víctimas? Según el sociólogo noruego Thomas Mathiesen "Deberíamos cambiar todo el sistema punitivo e incrementar la ayuda a las víctimas de delitos serios en vez de incrementar el castigo de los infractores" (1). ¿Qué sentido tiene gastar dinero en castigar al ofensor en lugar de invertirlo en reparar a la víctima? No por causarle daño a una parte resolvemos el problema de la otra.

Demás está decir que la cárcel no protege a las víctimas, puesto que es necesario que exista un delito para enviar al ofensor a la cárcel, y eso implica que sea tarde para hablar de protección: ya hay una víctima.

Lamentablemente, el discurso común en materia de seguridad propone "mano dura", y las penas más largas suelen ser parte de ese paquete de medidas drásticas y violentas siempre dirigidas contra cierta población (la aporofobia es otro grave problema del sistema penal). Ello demuestra una apelación a la violencia de manera constante. ¿Cómo pretender una sociedad menos violenta si algunos líderes políticos legitiman la violencia? Alzar la bandera del castigo y la mano dura es responder a la violencia con más violencia, y eso nunca dio buenos resultados.

Por todas estas razones tenemos que reconocer la cárcel como un obstáculo en el camino hacia una mejora en materia de seguridad pública. Pero una sociedad dispuesta a buscar soluciones a la inseguridad también debe reflexionar y debatir sobre cómo funcionan las demás instituciones del sistema penal (la legislación, la policía, la justicia y por qué no los medios). También es necesario considerar las causas de fondo del delito, que es la manifestación de otros problemas menos visibles, sin cuya solución todo esfuerzo será en vano. Después de todo, de acuerdo con el criminólogo italiano Alessandro Baratta, solo tendremos algo mejor y más justo que nuestros deficientes sistemas penales cuando logremos sociedades mejores y más justas (2).

Podemos conceder que tal vez el encarcelamiento sea la única opción posible en casos excepcionales de extrema gravedad y que por sus características no permiten otra respuesta. Pero no se puede negar que jamás debería ser la primera opción en otros casos, como por ejemplo los delitos vinculados al consumo abusivo de sustancias, donde resulta más beneficioso el tratamiento que el castigo, así como en casos donde el castigo destruye la vida familiar y laboral del ofensor, obstando incluso a la reparación económica del daño causado (pensemos en un homicidio o lesiones causadas por accidente).

En cualquier caso, no podemos permitir que el encierro transcurra en condiciones inhumanas. Y tampoco podemos dejar de aceptar que para mejorar en seguridad pública necesitamos mejorar las condiciones de reclusión y preparar a los penados para el afuera, dándoles herramientas y oportunidades. En muchos casos no será una segunda oportunidad, sino una primera. Tenemos que entender que más castigo no equivale a más seguridad. Tenemos que reducir drásticamente el uso de la cárcel al mínimo y fortalecer otras respuestas al delito más allá del castigo. Por ejemplo, medidas alternativas a la prisión como la libertad vigilada, políticas de egreso y pre-egreso que promuevan la inclusión social, métodos alternativos para la resolución del conflicto como la mediación, los acuerdos reparatorios o la suspensión condicional del proceso, o mecanismos de reparación para las víctimas ante los daños más graves, como seguros y pensiones.

*Es estudiante avanzado de abogacía y Ciencias Sociales, escribe en Las Sobras del Cumpleaños y forma parte del círculo de seguridad del sector Casa Grande del Frente Amplio. 

(1) Diez razones para no construir más cárceles - Thomas Mathiesen. 2005. (http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/09/doctrina42127.pdf

(2) Lecciones de Derecho Penal Tomo I - Eduardo Pesce Lavaggi. Carlos Álvarez Editor, Montevideo, 2003.