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La Suprema Corte de Justicia desestimó el recurso de anulación que interpuso el Ministerio del Interior respecto de la sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º Turno, que lo había condenado a pagar U$S 45.000 a la familia de Soledad Barrios, la mujer asesinada de un disparo tras un partido de básquetbol en diciembre de 2012.
El disparo mortal se dio en la calle Gaboto por parte de un simpatizante del club Cordón, enfrentado a parciales del club Welcome. Al momento del disparo, Soledad Barrios estaba en el balcón de su hogar, en un primer piso sobre la calle Gaboto esquina Paysandú.
En mayo de 2018, el Juzgado Letrado en lo Contencioso Administrativo de Primera Instancia de 1º Turno había condenado al Estado a pagar U$S 100.000, monto que fue abatido por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º Turno en una sentencia de febrero de 2019, que ahora queda firme en U$S 45.000 con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de desestimar la casación.
En concreto, la Suprema Corte desestimó el recurso de anulación por mayoría de sus miembros. La sentencia indica que el Estado no cumplió con el servicio debido, es decir, que las medidas del ministerio fueron inadecuadas.
A grandes rasgos, se entiende la Policía debió realizar tareas de inteligencia previa y que debió conocer las amenazas que cruzaban los hinchas por redes sociales como Facebook.
"Ante los numerosos indicios previos de episodios de violencia entre las hinchadas de Cordón y Welcome, era claro que se estaba ante un peligro relevante de que ocurrieran episodios violentos, pese a lo cual no se adoptaron medidas de seguridad idóneas", indica la sentencia del tribunal supremo.
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