Contenido creado por Agustin Zabala
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Sin saber lo que es hoy ser humano

Sindicato Médico: personas privadas de libertad deben recibir “atención médica digna”

En medio de la disputa por la domiciliaria de Carol, el SMU recordó las declaraciones que salvaguardan los DDHH de los presos.

28.05.2019 15:47

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2019-05-28T15:47:00-03:00
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Varias organizaciones sociales le reclaman al Poder Judicial que le otorgue un régimen de prisión domiciliaria a Carol, una reclusa con cáncer terminal, que busca pasar los últimos días de su vida junto a su familia.

Este lunes, por ejemplo, la Intersocial Feminista se posicionó y exhortó a la Justicia a que se expida en "forma inmediata" frente al pedido de prisión domiciliaria.

"Los estándares internacionales mínimos de tratamiento de personas privadas de libertad con enfermedades terminales prevén la suspensión del encarcelamiento por motivos humanitarios", añade.

Por otro lado, la Intersocial hizo un llamado a la comunidad médica del Uruguay "a sumar voces respaldando este pedido basadas en distintos principios éticos y declaraciones al respecto".

Justamente en ese sentido, este martes la comisión de Bioética y Derechos Humanos del Sindicato Médico del Uruguay emitió un comunicado expresando un largo corpus de declaraciones internacionales, como la Declaración de Edimburgo sobre las condiciones carcelarias, que hablan del trato médico que deben recibir las personas privadas de libertad.

En ella se expresa, detallan, que los presos "gozan de los mismos derechos de salud que todas las otras personas", incluyendo el "derecho a recibir un trato humano y atención médica apropiada".

"Las reglas que rigen el trato de personas detenidas, están establecidas en varias Declaraciones y Recomendaciones adoptadas por diversos organismos de las Naciones Unidas y que fueron suscritos por nuestro país", señalan.

Las "Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes", o conocidas como las "Reglas de Bangkok", hacen referencia expresa al tratamiento de las mujeres preses y a las "recomendaciones de que se busquen otras medidas alternativas a la prisión".

Este corpus, señala el sindicato, constituye el marco normativo que encuadra el accionar del gremio "con el que fuimos, somos y seremos coherentes".

Esa comisión considera que "toda persona privada de libertada debe recibir una atención en salud digna, que respete sus derechos, con acceso a tratamientos ajustados a su patología, en el lugar más indicado según su situación clínica, particularmente en situaciones especiales como los estadios terminales, centrando los mismos en su dignidad como ser humano".

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