Contenido creado por Martín Otheguy
Política

Libertad, igualdad, fraternidad

Proyecto de ley contra discriminación laboral por orientación sexual

Se presenta hoy un anteproyecto de ley que penaliza la discriminación laboral por orientación sexual y plantea eliminar la restricción por edad para el ingreso a la función pública.

07.10.2015 08:42

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2015-10-07T08:42:00-03:00
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La Asociación de Familias LGBT (lesbianas, gays, bisexuales y transexuales) y Homoparentales del Uruguay reclamará hoy ante el Parlamento la eliminación de la restricción por edad para el ingreso a la función pública y la instrumentación de políticas que prohíban y efectivamente penalicen la discriminación laboral por orientación sexual e identidad de género.

Representantes de la Asociación serán recibidos por la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados este miércoles a las 13 horas. Los directivos de la ONG presentarán un anteproyecto de ley con su correspondiente exposición de motivos basada en el estricto respeto a la Constitución, la Ley y los acuerdos internacionales firmados por Uruguay.

Por ejemplo, la discriminación laboral por edad y orientación sexual o identidad de género. La asociación asegura que al seleccionar personal limitando la edad, el Estado uruguayo incurre en una clara violación a los Artículos 8, 53 y 55 de la Constitución de la República, desoyendo además reiterados informes de la OIT, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas.

Como antecedentes, citan la Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su artículo 7 dice: "Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación".

Y también citan el artículo 23:

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social."

En cuanto al informe de la Organización Internacional del Trabajo, la ONG cita que se llama la atención en su estudio sobre formas de desigualdad reconocidas recientemente, como la discriminación por edad, contra los trabajadores tanto más jóvenes como los de más edad, y la que sufren los homosexuales. También subraya el informe el trato desigual que se da a los alrededor de 40 millones de personas infectadas por el virus del sida en el mundo y a los 470 millones de discapacitados en edad de trabajar.