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Política

Hasta ahí llegó su amor

Michelena fue responsable de Grinor hasta agosto de 2015, informó Contaduría General de la Nación

El director de Vialidad de la IM vendió sus acciones en 2014 y se desempeñó como “asesor” hasta agosto de 2016. En setiembre asumió su cargo en la comuna.

15.08.2018 19:49

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2018-08-15T19:49:00-03:00
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La Contaduría General de la Nación, a pedido de la Intendencia de Montevideo, informó que Sergio Michelena, director de Vialidad que fuera señalado por estar "en los dos lados del mostrador", fue responsable de la empresa Grinor desde el 5 de junio de 2013 hasta el 19 de agosto de 2015.

Esta información se mantiene en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) como "información histórica". El pedido de la IM a la Contaduría se dio después de que el diario El País informara que Michelena estaba habilitado a cobrar cheques en nombre de Grinor S.A, una empresa que realiza obras para la comuna.

Michelena vendió sus acciones de la empresa en 2014 y hasta agosto de 2016 se desempeñó, informó la Intendencia, como asesor de Grinor. En setiembre de ese año fue designado por Daniel Martínez como director de Vialidad.

"Inmediatamente", el director solicitó no participar en asuntos relacionados con su ex empresa, lo que fue refrendado mediante una resolución del 19 de setiembre de 2016, donde se lo "excusó de intervenir funcionalmente en expedientes y gestiones que sean parte o tengan interés directo o indirecto".

Según esta misma resolución, Martínez excusa "de intervenir funcionalmente en expedientes y gestiones en que sean parte o tengan interés directo o indirecto con las firmas Abarca y Grinor al director de la División de Vialidad Sergio Michelena". Martínez lo hace porque Michelena es accionista de Abarca y esta posee un vínculo contractual con la intendencia como cesionaria de un contrato adjudicado originalmente a Grinor, indica la resolución.

Según el diputado del Partido Nacional Martín Lema, el intendente no puede excusar al director "así nomás", porque la reglamentación establece una serie de pautas para hacerlo.

En dos exposiciones de motivos que realizó, explica que el artículo 28 del decreto 30/003, el artículo 11 inciso 2 del mismo decreto y el 46 del Tocaf "dejan claro que si es representante, asesor o director no puede excusarse", y que "si es dependiente tienen que darse tres requisitos".

El artículo 28 dice que "se prohíbe a los funcionarios públicos ejercer su función con relación con actividades privadas a las que se encuentran vinculados".

El artículo 11 indica que "debe evitar cualquier acción en el ejercicio de la función pública que exteriorice la apariencia de violar las normas de conducta en la función pública".

En el artículo 46 del Tocaf se aclara que están capacitados para contratar con el Estado las personas que no mantengan "un vínculo laboral de cualquier naturaleza con la misma".

"El intendente Daniel Martinez tiene que dejar de poner cara de 'yo no fui' y explicar con seriedad este tema", había dicho Lema a Montevideo Portal.

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