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Rechazado

Fiscal Perciballe rechazó pedido de inconstitucionalidad presentado por un ex militar

El magistrado argumentó que el Estado uruguayo se adhirió a un sinfín de acuerdos internacionales que bregan por la persecución de los delitos de lesa humanidad.

12.12.2018 17:57

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2018-12-12T17:57:00-03:00
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El fiscal de Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, rechazó este miércoles una excepción de inconstitucionalidad presentada por la defensa de un militar retirado, en el marco de la causa que investiga la desaparición y muerte del militante comunista Félix Sebastián Ortiz, detenido en setiembre de 1981 y muerto días después a causa de las torturas en La Tablada.

La detención de Ortiz se enmarca "en una nueva ola de persecuciones" a militantes del PCU y de la Unión de las Juventudes Comunistas y se dio el 19 de setiembre.

En su texto, el fiscal da a conocer que la defensa del ex militar denunció la inconstitucionalidad de los artículos 1, 2 y 3 de la ley 18.831 de la Pretensión Punitiva del Estado, que restablece los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1ero de marzo de 1985.

Estos artículos dan responsabilidad al Estado por los delitos cometidos hasta el 1ero de marzo de 1985, y computa también que no habrá "plazo procesal alguno, ni de prescripción o de caducidad" para estos delitos, que son definidos por la ley como de lesa humanidad.  

La defensa del militar retirado basa su pedido en algunas resoluciones de la Suprema Corte de Justicia que, según el fiscal, basan sus dictámenes en dos "goznes básicos": "los delitos cometidos durante la dictadura no constituyen delitos de lesa humanidad" y "las normas objetadas conculcan el principio de Legalidad".  

Perciballe declara que es "incuestionable" que los crímenes de lesa humanidad surgen al mismo tiempo que se genera el Estatuto del Tribunal Militar de Nuremberg en 1945 y que, siguiendo los principios de ese estatuto, "no cabe lugar a dudas" que la desaparición forzada de Félix Ortiz "reviste la calidad de crimen de lesa humanidad".

El magistrado detalla que "debe tenerse presente" que Uruguay fue uno de los 19 países que ratificó el estatuto y que se adhirió a la creación del "Tribunal Militar Internacional destinado al enjuiciamiento y castigo de los principales crímenes de guerra del Eje europeo".

"Uruguay no solo ratificó dicho estatuto, sino que dio un paso más, puesto que también, en forma inmediata, también adhirió a la creación de las Naciones Unidas", agrega.

Las Naciones Unidas, a su vez, reconoció los principios del estatuto y Uruguay, como integrante pleno de esa organización, reconoció la vigencia y el alcance de los principios.

Los Estados se comprometieron, detalla el magistrado, a buscar, detener y enjuiciar a aquellas personas culpables de cometer crímenes de guerra y de lesa humanidad "donde quiera y cualquiera" sea la fecha en la que se hayan cometido. 

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