Contenido creado por Martín Otheguy
Locales

Cuestión de tacto

Desestiman denuncia de un paciente que dijo haber sido abusado por su médico

El paciente dijo haber sido masturbado durante un examen genital, pero el profesional aseguró que se trató de una revisión normal.

12.09.2019 10:07

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2019-09-12T10:07:00-03:00
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El Tribunal de Ética Médica del Colegio Médico del Uruguay debió analizar una denuncia con características al menos inusuales, realizadas por un paciente en febrero de este año.

El paciente se presentó ante el Tribunal para denunciar a un profesional que lo atendió en una consulta en una mutualista.

Según narró el hombre, concurrió a una prestadora en Pocitos por una posible infección urinaria, motivo por el que se le suministró un antibiótico y entregó una muestra de orina.

Debido a que en los siguientes días sufrió dolores estomacales, volvió a la clínica y solicitó otro tratamiento médico, siendo atendido allí por otro profesional.

De acuerdo a la denuncia del paciente, el doctor le hizo una serie de "cuestionamientos" que el denunciante consideró una "violación sexual" hacia su "persona física" y "una violación a su persona e integridad".

Según el relato, el médico le preguntó si tenía relaciones sexuales con hombres, mujeres, o con los dos. Y ante la respuesta afirmativa por la última opción, el doctor dijo: "yo también". También le preguntó si era activo o pasivo en las relaciones con hombres, si estaba abierto a relaciones sexuales sin vínculos afectivos. "Acto seguido le dijo que era muy lindo, que debía examinar su pene, y comenzó a masturbarlo", de acuerdo a la denuncia. El paciente narró que ante tal escenario no supo qué hacer, por estar "en shock por haber sido violado sexualmente". Que finalmente, al requerir al doctor una medicina que pudiera ayudarlo, el denunciado le proporcionó una receta con su nombre y su teléfono, y le dijo que podían reunirse cuando quisieran.

La otra campana

Consultado el médico por el Tribunal, dijo que los hechos denunciados son "absolutamente falsos, difamatorios, deshonrosos, ultrajantes, y evidencian fines espurios respecto a su accionar".

Aclaró que toda su actuación se ajustó a estrictos parámetros éticos y científicos. Admitió que había atendido al denunciante, y que este le manifestó que mantenía una sintomatología urinaria y una supuesta intolerancia al tratamiento indicado. "Conforme es admitido pacíficamente, planteada una disuria, si bien se puede enfrentar una infección urinaria, en el caso de un paciente hombre joven corresponde descartar enfermedades de transmisión sexual. Esto conlleva al examen del aparato genital y evaluar la existencia de lesiones y/o secreciones anormales por el pene", replicó.

Explicó que el cuestionario realizado al paciente se mantuvo en todo momento dentro de los límites ético-profesionales y estuvo dirigido a la obtención de datos para el más completo diagnóstico. Que las expresiones referidas por el denunciante nunca fueron emitidas por él.

Agregó que la propia conducta desplegada por el denunciante echa por tierra sus afirmaciones, "por la razón de que es imposible que un hombre adulto sea víctima de un atropello de tal magnitud y no actúe para detenerlo". Señaló que la consulta culminó con absoluta normalidad y el denunciante en ningún momento refirió estos hechos ante la mutualista, "por la razón de que nunca existieron".

También dijo que nunca le solicitó al denunciante su teléfono, pero que si le proporcionó el suyo extendiéndoselo anotado en un papel, como hace habitualmente con pacientes que esperan resultados de análisis o tratamientos. Que si bien él no contacta a los pacientes, ofrece su disponibilidad porque así considera que debe actuar.

El profesional consideró que es inadmisible que se cuestione un acto médico que se ha ajustado cabalmente a los procedimientos estándares esperables, sin ofrecer medio probatorio alguno, y solicitó que se rechace la denuncia y se proceda a su archivo.

El análisis

En efecto, el Tribunal se encontró con dificultades para probar lo afirmado por el denunciante. Al no haberse ofrecido prueba complementaria alguna, en julio de 2019 el Tribunal confirió vista a las partes por el plazo de diez días hábiles a los efectos de recibir sus respectivas alegaciones. Ninguna de las partes formuló alegato de bien probado.

A los efectos de pronunciarse, el Tribunal contó únicamente con la historia clínica del paciente denunciante, con un informe de la mutualista y con la declaración de ambas partes. "Este Tribunal no contó con ninguna prueba eficaz y conducente que le permitiera acercarse a la verdad material de los hechos. En efecto, ni la historia clínica del paciente ni tampoco el informe elaborado por la mutualista arrojan luz sobre los hechos", indica el reporte.

El hecho de que el paciente no hubiera presentado denuncia alguna ante la institución a pesar de que le fuera ofrecido hacerlo, según fue informado por la mutualista, no permite ni descartar ni dar por acreditados los hechos denunciados. Era el denunciante en la ocasión, "quien debla acreditar la veracidad de los hechos denunciados y no el doctor demostrar la falsedad de aquellos".

Por lo tanto, se desestimó la denuncia dado que, a juicio del Tribunal no se han aportado elementos probatorios que demuestren que el profesional "haya desplegado una conducta que atentara contra las reglas éticas que rigen la relación médico-paciente".