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Policiales

Marche preso

Cuatro años y medio de prisión para hombre que abusó sexualmente de adolescente de 13 años

En abril de 2019 el padre de la víctima radicó la denuncia por este hecho.

26.07.2021 17:04

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2021-07-26T17:04:00-03:00
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La Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 4º turno, a cargo de la fiscal Sylvia Lovesio, logró la condena mediante proceso abreviado de L.R.P. de 44 años, como autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual especialmente agravado a la pena de cuatro años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.

Según informa Fiscalía General de la Nación en su sitio web, en abril de 2019, el padre de la víctima radicó denuncia por un presunto abuso sexual hacia su hija de 13 años por parte de un familiar.

De la investigación realizada, surge que la adolescente junto a su hermano menor, pernoctaron en la casa del ahora condenado, junto a su esposa y al hijo de ambos, de ocho años. El hermano de la víctima se quedó a dormir en el dormitorio del niño y la adolescente en el living de la casa, tal como ya lo habían hecho en otras ocasiones.

Mientras todos dormían, la víctima se encontraba acostada en el living con la computadora, momentos en que se le acercó el condenado en ropa interior y mediante la intimidación y el uso de la fuerza abusó sexualmente de ella.

Días después del abuso sexual, la víctima comentó lo vivido a sus amigas, ambas de su edad, a quienes les pidió que no contaran a nadie ya que sentía miedo, vergüenza por lo que vivió y por saber que el condenado tenía un arma en su casa. Ante esto, una de las amigas le contó lo sucedido a su madre y esta última trasmitió lo relatado al padre de la adolescente.

Además de la condena se dispuso la inhabilitación del condenado para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, así como para el ejercicio de funciones públicas o privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, cargos públicos o privados en la educación o la salud y la reparación patrimonial de la víctima por un monto equivalente a doce salarios mínimos, sin perjuicio de su derecho a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño.



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