Ope
Pasquet
 

Abogado.
Senador electo por Vamos Uruguay, Partido Colorado (2009). Lider de Batllismo Abierto.

 
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18.06.2010 14:57

El "monitoreo conjunto"

Levantado el ilícito bloqueo del puente internacional San Martín, se plantea la cuestión del "monitoreo conjunto", por Argentina y Uruguay, del río Uruguay y de la planta de UPM (ex Botnia).

Son dos cosas distintas. El que ambos países, actuando conjuntamente en el marco de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), controlen la calidad de las aguas del río, no es ninguna novedad. Así lo prevé el Estatuto del río Uruguay de 1975, y así se hizo seria y regularmente desde 1988 por lo menos. Tres o cuatro veces por año se tomaban muestras de las aguas en diversos puntos del río, desde Bella Unión a Nueva Palmira. Laboratorios argentinos y uruguayos, actuando independientemente, controlaban la presencia y niveles en las muestras de numerosas sustancias. Esta labor conjunta se interrumpió por decisión argentina, en el marco del conflicto por la instalación de Botnia. La sentencia de la Corte de La Haya indicó con claridad y énfasis que ambos países deben retomar la tarea, a través de la CARU (ver parágrafos 281 y, especialmente, 266 de la sentencia).

Ni el Estatuto de 1975, ni la sentencia del pasado 20 de abril, obligan a Uruguay a permitir que Argentina ingrese a la planta de UPM para controlar su funcionamiento. Si alguien tiene alguna duda al respecto la disipará leyendo el parágrafo 266 de la sentencia, que a continuación transcribimos (traducción nuestra): "La Corte es de la opinión de que ambas partes tienen la obligación de permitir a CARU, en tanto mecanismo conjunto creado por el Estatuto de 1975, continuar ejerciendo los poderes que le confiere el mismo, incluyendo su función de monitorear la calidad de las aguas del río y de evaluar el impacto de la operación de la planta de Orión (Botnia) en el medio acuático. Uruguay, por su parte, tiene la obligación de continuar monitoreando la operación de la planta de acuerdo con el artículo 41 del Estatuto y de asegurar que Botnia cumpla con las regulaciones domésticas uruguayas así como con los estándares establecidos por la Comisión. Las partes tienen la obligación legal, de acuerdo con el Estatuto de 1975, de continuar su cooperación a través de la CARU, permitiéndole desarrollar los medios necesarios para promover la utilización equitativa del río, protegiendo el medio acuático".

Uruguay no está obligado, pues, a permitir que Argentina ingrese a la planta para controlar su funcionamiento, pero tampoco está impedido por norma alguna de llegar a acuerdos que conduzcan a que eso suceda.

¿Por qué habríamos los uruguayos de considerar siquiera la posibilidad de llegar a esos acuerdos, si no estamos obligados a hacerlo?

Por varias razones.

Ante todo, porque es claro que así lo exige la recomposición de las relaciones entre ambos países platenses. Uruguay está más interesado que Argentina en esa normalización, pues el avance en varios asuntos de importancia para nosotros (dragado del canal Martín García, etc.) necesita de la voluntad política del vecino. Nos guste o no, así son las cosas.

En segundo lugar, porque el Estatuto del río Uruguay sólo se refiere a la calidad de las aguas, pero no al aire ni a las emisiones gaseosas que pudieran afectarlo. Opiniones técnicas autorizadas afirman que el control eficaz de esas emisiones sólo puede hacerse en la boca de las chimeneas que las expelen. Parecería conveniente suscribir algo así como un protocolo adicional al Estatuto de 1975, que una vez ratificado por los órganos legislativos de ambos países, habilite el control por la CARU de las emisiones gaseosas en las riberas del río. Sobre la base de este hipotético complemento del Estatuto, la CARU podría tomar muestras en la boca de las chimeneas de las plantas industriales instaladas sobre el río Uruguay, así como toma muestras de las aguas del río.

En tercer lugar: porque al Uruguay puede interesarle mañana, hacer lo mismo que Argentina pretende hacer hoy. La protección del medio ambiente no es asunto de interés exclusivo de los ciudadanos de un Estado, sino preocupación común de los habitantes del planeta. En el futuro podría ocurrir que se instalase en la ribera occidental del río Uruguay, una planta industrial cuyos desechos, emisiones gaseosas, etc., pudiesen afectarnos (como nos afectó, tiempo atrás, la "lluvia ácida" emanada de la usina brasileña de Candiota). Los controles que en ese caso podamos reclamar, serán los mismos que aceptemos hoy.

Somos bien concientes de que estos temas suscitan en muchos compatriotas una viva preocupación por nuestra soberanía. La entendemos y la respetamos, pero no la compartimos. No afecta a nuestra soberanía lo que voluntariamente aceptamos. Las misiones del Fondo Monetario Internacional que venían a decirnos que se podía o no se podía aumentar el sueldo de los funcionarios públicos, las tropas extranjeras que ingresan al territorio nacional para participar en celebraciones patrióticas u operaciones conjuntas con nuestras Fuerzas Armadas, los funcionarios de Naciones Unidas que inspeccionan nuestras cárceles, no violan nuestra soberanía porque, en todos los casos, medió nuestra voluntad para aceptar su presencia y su actuación en nuestro país.
Por supuesto, los acuerdos a los que se llegue sólo son concebibles sobre la base de la reciprocidad. Argentina tendrá que aceptar lo mismo que aceptemos nosotros.

El tema tiene muchas otras facetas (la participación del Brasil en los acuerdos, la contratación de empresas auditoras de prestigio internacional para realizar los controles, la determinación precisa de lo que sería el objeto de tales controles, etc.), pero tememos agotar las reservas de paciencia de los esforzados lectores.

Permítasenos insistir, empero, sobre un concepto que estimamos fundamental: en el mundo globalizado de hoy, la resistencia a los controles desde el exterior tiene tan poco futuro como la resistencia de Troya al asedio de los aqueos. La estrategia no puede ser encerrarse en la chacra, sino hacer precisamente lo contrario: poner al mundo de testigo, someternos a las normas internacionales y exigirles a los demás lo mismo que aceptamos para nosotros.

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