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22.09.2013 12:28

Comienza devolución del FONASA

El juego de la cédula

22.09.2013 12:28

A partir de este lunes, el BPS comenzará a pagar la devolución de aportes al FONASA, con un calendario de pagos según el último dígito de la cédula. Cobrarán devoluciones los trabajadores que en 2012 hayan tenido un salario promedio mayor a 39.949 pesos y los jubilados que hayan ganado más de 43.278 pesos. Guía sobre cómo y cuándo cobrar los excedentes.

A partir de este lunes, el Banco de Previsión Social (BPS) comenzará a pagar la devolución de aportes al FONASA, con un calendario de pagos según el último dígito de la cédula. Cobrarán devoluciones los trabajadores que en 2012 hayan tenido un salario promedio mayor a 39.949 pesos y los jubilados que hayan ganado más de 43.278 pesos.

Pueden tener devolución los trabajadores dependientes, los titulares de Empresas Unipersonales y Servicios Personales, los jubilados y pensionistas con aporte y beneficio FONASA.

La devolución es el resultado que surge de comparar al 31 de diciembre, los aportes personales realizados en el año al Fondo Nacional de Salud (FONASA) por los meses que la persona fue beneficiario, con la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual por el generante y a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y cónyuge o concubino).

Sigue operativa la consulta en la web del BPS sobre si corresponde devolución de excedentes y cuál es monto exacto que se devuelve. El enlace para fijarse es https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/ConsultaDevolucion.jsp

A continuación, los dejamos una guía de preguntas y respuestas sobre dudas que puedan surgir al momento de cobrar los excedentes.

OPERATIVA DEVOLUCION FONASA

¿Qué opciones tengo para efectivizar el cobro?

Puede cobrar la devolución a través de su cuenta bancaria o en la red de locales habilitados

¿Cuándo puedo cobrar mi devolución en los locales habilitados?

Desde el 23 de setiembre, a partir de la fecha establecida en el siguiente calendario:

Último Dígito Documento de Identidad (*)

Fecha

0 -1

23/09

2 - 3

24/09

4 - 5

25/09

6 - 7

26/09

8 - 9

27/09

(*) En caso de CI es el número después del guión

¿Qué debo hacer para cobrar por depósito bancario?

Si tiene cuenta bancaria, puede solicitar la acreditación de la devolución en la misma. 

A tales efectos, cada Entidad Bancaria informará cómo realizar la gestión. Las solicitudes de depósito bancario realizadas hasta el 18/9/2013 serán acreditadas el 23/9/2013,  las posteriores se acreditarán en el mes siguiente a su solicitud.

¿Qué locales están habilitados para el cobro?

Se puede hacer efectivo el cobro en los siguientes locales: Abitab, Red Pagos, Anda, Interdatos, Supermercados El Dorado y BPS (Tesorería, Edificio Sede - Colonia 1851 PB Montevideo).

¿Qué documentación debo presentar para cobrar?

Únicamente se requiere que el titular o apoderado se presente con su Documento de Identidad vigente.

¿Puedo cobrar por poder?

Sí, debiendo registrar el poder en Montevideo Colonia 1851 1er. Piso Sector Notarial, así como en Sucursales y Agencias del Interior del País.

MEDIOS DE INFORMACION

¿Cómo puedo saber si tengo devolución?

A partir del 12/9 la información estará disponible en las siguientes vías:

Call center 0800 2016, ingresando el número de documento y la fecha de nacimiento, en forma automática el sistema le indica si tiene o no saldo disponible.

Sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, en el punto "Consulta Devolución FONASA", ingresando el número de documento y la fecha de nacimiento, le reporta si tiene o no saldo disponible.

Servicio en Línea: Consulta Mis Aportes disponible para usuarios registrados, obteniendo la totalidad de la  información al respecto

¿Cómo puedo saber el importe de la devolución?

A partir del 12/9 se puede obtener un detalle de la liquidación a través del sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, en el punto "Consulta Devolución FONASA".

A tales efectos se requiere ingresar una serie de datos identificatorios del titular, como ser en caso de dependientes número de registro BPS de la empresa y su fecha de ingreso (datos que constan en el recibo de sueldo); para jubilados o pensionistas BPS número de control de recibo e importe líquido de la pasividad (datos que surgen del recibo de cobro), etc., obteniendo como resultado:

  • En su dirección de correo - un resumen de la liquidación.
  • Ingresando nuevamente al sitio web durante las 48 horas siguientes a la consulta realizada- un detalle de la liquidación permitiendo la descarga del mismo.

DEVOLUCIONES RETENIDAS

¿Qué significa que tengo Devolución Retenida?

Significa que existe algún problema detectado por BPS que debe ser subsanado a los efectos de habilitar la posible devolución.

¿Cómo sé el motivo de la Retención?

Estos casos tienen diversos orígenes como ser: Retención por Deuda (en calidad de titular de empresa unipersonal), Retención por Información incorrecta (vinculación de hijos o seguro de salud inconsistente) o Retención por Información incorrecta y Deuda (ambas situaciones).

Puede visualizar el motivo de la retención en el detalle de la liquidación que se solicita a través del sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, en el punto "Consulta Devolución FONASA".

¿Cómo soluciono una Retención por Deuda?

Será atendido en forma presencial para interiorizarse de esta situación:

­En Montevideo debe agendarse, a través del punto Agenda Web, disponible en el sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, seleccionando el trámite Retención por Deuda y será atendido en Sarandí 570 2do.piso Gestión de Cobro.

­En el Interior del País deberá presentarse en las diferentes Sucursales y Agencias.

Esta gestión puede ser realizada por el titular o apoderado registrado en BPS- Registro de Empresas, munido de su documento de identidad vigente.

¿Cómo soluciono una Retención por Información Incorrecta?

Será atendido en forma presencial para interiorizarse de esta situación:

­En Montevideo debe agendarse, a través del punto Agenda Web, disponible en el sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, para el trámite Retención por Información Incorrecta, pudiendo seleccionar los siguientes locales para ser atendido: Mercedes 1880 o Sarandí 570.

­En el Interior del País deberá presentarse en las diferentes Sucursales y Agencias

Corresponde se presente el titular con su documento de identidad vigente y según su situación personal deberá presentar: documentos de identidad de los hijos a cargo, libreta de matrimonio o partidas de nacimiento, o sentencia de divorcio.

¿Cómo soluciono una Retención por Información Incorrecta y deuda? 

Debe presentarse en BPS para subsanar previamente el problema de la información, luego de lo cual podrá interiorizarse de la situación planteada respecto de la posible deuda.

En Montevideo debe agendarse, a través del punto Agenda Web, disponible en el sitio web: https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/, para el trámite Retención por Información y Deuda, pudiendo seleccionar los siguientes locales para ser atendido: Mercedes 1880 o Sarandí 570

Corresponde se presente el titular con su documento de identidad vigente y según su situación personal deberá presentar: documentos de identidad de los hijos a cargo, libreta de matrimonio o partidas de nacimiento, o sentencia de divorcio.

En el Interior del País deberá presentarse en las diferentes Sucursales y Agencias

CALCULO LIQUIDACION FONASA

¿Cómo se realiza el cálculo de la devolución?

Surge de comparar los aportes personales FONASA (de enero a diciembre) con un Tope máximo.

Corresponde señalar que este año, la liquidación contempla diferencias por ajustes de información que hubieren afectado la Devolución del ejercicio anterior. Las mismas obedecen a rectificativas de remuneraciones y/o modificaciones de núcleos, realizadas con posterioridad a la determinación de la Devolución FONASA 2011. Dichas diferencia serán acreditadas o debitadas con la Devolución FONASA 2012.

¿Cómo se determina el Tope máximo anual FONASA?

El tope máximo FONASA varía según la situación familiar o personal de cada beneficiario.

Surge de la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual incrementado en un 25%, correspondiente al beneficiario y a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y cónyuge o concubino), debiendo considerar exclusivamente los meses del ejercicio en los cuales fue beneficiario.

El cómputo del CPE correspondiente a menores o mayores con discapacidad, se asigna en partes iguales entre los generantes que les atribuyen el amparo al Seguro Nacional de Salud. 

¿Qué aportes se consideran?

Se consideran los aportes personales FONASA tanto de trabajadores dependientes, como de no dependientes (unipersonales y servicios personales) y jubilados y pensionistas.

Las tasas de aportes varían según la situación familiar e ingresos (ver punto Tasas de aporte en https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/  )

¿Se consideran los aportes destinados a Cajas de Auxilio o Caja Notarial?

No, de conformidad con los 3ro. y 4to.  de la Ley 18.922 de 06/07/2012, los aportes destinados a Cajas de Auxilios, Seguros Convencionales y Caja Notarial, no se consideran a los efectos de la devolución FONASA (ver punto Tasas de aporte en https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/)

¿Por qué me retienen IRPF?

Porque los importes a cobrar por concepto de Devolución FONASA, son aportes personales que fueron considerados como deducciones para la determinación del IRPF en el ejercicio, para los  contribuyentes comprendidos en el impuesto.

La tasa de retención fue establecida en un 20% por Resolución 575/012 de DGI de 21 de marzo de 2012.

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