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Tabaré Vázquez desestimó pedido de diputado Lema sobre opinión en torno a situación de ASSE

Para la Presidencia, hay “estrictas razones” de orden “constitucional y legal” para determinar “la improcedencia formal y sustancial del planteo”.

03.10.2017 20:44

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2017-10-03T20:44:00-03:00
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El diputado nacionalista Martín Lema, que lleva adelante la comisión parlamentaria que investiga presuntas irregularidades en Asse, pidió al presidente Tabaré Vázquez que, en virtud de que existen "documentos que acreditan que jerarcas y funcionarios de Asse tienen participación en empresas que han sido contratadas por la propia administración", y que esa documentación está en poder de Asse, el MSP, la Comisión Investigadora del Parlamento e, incluso, en algunos casos, están siendo investigados por el Juzgado Especializado en Crimen Organizado", saber su punto de vista sobre el particular.

El pedido expresa que, "en virtud de la obligación de control, tanto por razones de legalidad como de mérito, que la Constitucional Nacional le impone al Poder Ejecutivo en su artículo 197, respecto a la actuación de Directorios o Directores Generales, sería conveniente conocer la posición del Señor Presidente de la República sobre los hechos emergentes de la documentación referida inicialmente".

Este martes, el presidente Tabaré Vázquez respondió de manera negativa al pedido del legislador, por entender que hay "estrictas razones" de orden "constitucional y legal" para determinar "la improcedencia formal y sustancial del planteo".

En su exposición, Vázquez señaló que, "habida cuenta que la denuncia a que alude ya está siendo instruida a través de los procedimientos y por los órganos competentes del Estado en la materia, la Presidencia de la República caería en una exorbitancia si pretendiera tomar injerencia en dichos", y que "en lo que concierne a la obligación de control, se recuerda al Sr. Representante Nacional que no existe norma legal o constitucional que le autorice al legislador a excitar el celo de la Presidencia de la República -como parte del Poder Ejecutivo- para que se pongan en marcha los procedimientos establecidos en los artículos 197 y 1998 de la Constitución".


Además, apunta que "no es procedente el planteo que se pretende en cuanto a conocer la opinión del Presidente de la República en lo que tiene que ver con los hechos denunciados, en la medida que, el control de oficio, vinculado a la vigilancia y a la fiscalización de los entes en sus aspectos fundamentales, es competencia de la autoridad administrativa central, esto es el Poder Ejecutivo, actuando en Acuerdo o en Consejos de Ministros".

Existen, según el documento firmado por Tabaré Vázquez, "estrictas razones de orden Constitucional (artículos 118, 197 y 198) y Legal (Art. 1º de la Ley 17.673 de 21 de julio de 2003), determinan la improcedencia formal y sustancial" del planteo del diputado Lema.

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