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Carretera perdida

Prohibición de piquetes debió hacerse a través de una ley, según abogado

El abogado Carlos Leite explicó que el decreto entra en conflicto con el artículo 38 de la Constitución y advirtió que hay sólo diez días para impugnar el decreto.

23.03.2017 15:53

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2017-03-23T15:53:00-03:00
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Montevideo Portal

La prohibición de cortar calles y rutas en forma de protesta debería haberse hecho por ley y no por decreto, opinó el abogado Carlos Leite al ser consultado por Montevideo Portal.

El abogado, especializado en materia Civil y Penal, recordó que el artículo 38 de la Constitución establece que "queda garantido el derecho de reunión pacífica y sin armas". El artículo aclara que "el ejercicio de este derecho no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República sino en virtud de una ley, y solamente en cuanto se oponga a la salud, la seguridad y el orden públicos".

Según Leite, que la redacción del artículo constitucional manifieste expresamente la necesidad de una "ley" echa por tierra la posibilidad de utilizar un decreto para limitar los cortes de ruta. "El piquete no puede ser considerado una asociación para delinquir que pone en riesgo la seguridad", interpretó el letrado, defendiendo la necesidad de una ley.

Lo mismo sucedió, según el abogado, con el decreto que en 2006 prohibió fumar en lugares cerrados, dado que "al limitar un derecho tendría que haberse establecido en una ley". Para el abogado, lo que pasó en esa oportunidad es que "el decreto no fue impugnado por nadie y terminó quedando firme".

Leite recordó que los decretos pueden ser impugnados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo durante los primeros diez días "corridos" posteriores a su firma. Si nadie lo hace, la norma "quedará firme" y regirá definitivamente.

Serpaj estimó que la norma da "discrecionalidad" a la Policía

En tanto, el Servicio de Paz y Justicia (Serpaj)- organización dedicada a la defensa de los Derechos Humanos- consideró "totalmente inadecuada" la aprobación del decreto y afirmó que la norma "proporciona aún mayor discrecionalidad a la agencia policial para desactivar cualquier protesta social sin necesidad de tener el aval del Poder Judicial para hacerlo".

Para la organización, "sin un marco de intervención definido desde un enfoque garantista cualquier protesta se convertirá en un campo de vulneración continua de derechos, donde los dispositivos estatales podrán desarrollar prácticas que no se ajustan a los marcos internacionales".

Serpaj advirtió además que la medida "se incorpora -junto con otras- a una serie de sentidos que el Poder Ejecutivo le otorga al conflicto social y su abordaje" dado que "se profundiza una política que no respeta las reivindicaciones políticas de los movimientos sociales en tanto criminaliza sus instrumentos de empoderamiento político".

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