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Los trabajadores, pasivos y ciudadanos que reciben prestaciones sociales podrán elegir en qué institución cobrar su sueldo hasta el 30 de setiembre, y el plazo se extenderá en las localidades que no cuentan con puntos de extracción de efectivo.
"Que la cuenta sea elegida por el usuario hace que las instituciones bancarias compitan por ofrecer mejores condiciones", dijo el ministro de Economía Danilo Astori en conferencia de prensa.
La "cuenta sueldo", nueva etapa de la Ley de Inclusión Financiera, tiene como objetivo brindar transparencia y eficacia al sistema de pagos en el país, además de universalizar el acceso a estos servicios.
Pasado el plazo del 30 de setiembre, el empleador deberá notificar al trabajador qué tomará él la decisión, aunque se podrá abrir un período de excepción transitoria de común acuerdo entre trabajador y empleados, en el que se mantendrán las condiciones actuales de pago.
El plazo vencerá indefectiblemente el 30 de abril de 2017, y una vez vencido, la elección será obligatoria.
abrir un período de excepción transitoria de acuerdo entre trabajador y empleador, en el cual se mantendrán las condiciones actuales de pago.
Martín Valcorba, responsable de Inclusión Financiera, explicó que el control del cumplimiento de esta medida estará a cargo de la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social.
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