Contenido creado por Martín Otheguy
Economía

Ponete en planilla

Calculá tu sueldo de acuerdo a las nuevas franjas del IRPF con estas planillas

Las planillas permiten calcular los aportes para trabajadores y pasivos según las diferentes situaciones, como cantidad de hijos o deducciones.

06.01.2017 11:57

Lectura: 6'

2017-01-06T11:57:00-03:00
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Si bien aún no hay una confirmación oficial del gobierno, se conoce ya cuáles serán las nuevas franjas del IRPF, que están marcadas por el ajuste de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC).

Desde hace 7 años el Poder Ejecutivo toma el IPC para determinar el ajuste de la Base de Prestaciones y Contribuciones. Teniendo en cuenta que el IPC fue de 8.1%, la BPC pasa de $3.340 (valor hasta el 31/12/2016) a $3.611 (el Poder Ejecutivo puede utilizar el Índice Medio de Salarios o el IPC para ajustar la BPC aumentarlo o disminuirlo en hasta un 20%, pero hasta ahora se ha basado solamente en el IPC).

Con este cambio, el monto mínimo no imponible del IRPF para los trabajadores pasó de $23.380 a $25.277 y con respecto al IASS de los pasivos el monto mínimo no imponible pasó de $26.720 a $28.888.

En el caso de los trabajadores, como los aportes a la seguridad social y al Fonasa se toman en cuenta para las deducciones, los topes de ingreso salarial para aportar IRPF son mayores que los $25.277 que determina el monto mínimo no imponible.

Las dos planillas que adjuntamos permiten hacer el cálculo tanto para los trabajadores con un único empleo como para los pasivos. Tienen en cuenta las diferentes situaciones que pueden presentarse, como cantidad de hijos, si el cónyuge tiene actividad laboral, o las deducciones, como aportes a la Caja de Profesionales o el Fondo de Solidaridad.

También calculan, en el caso de los trabajadores, el aporte al BPS, al SNIS (o Fonasa o ex Disse), el fondo de reconversión laboral (FRL) y determina el líquido a cobrar.

La planilla de los trabajadores compara el IRPF anterior con el actual, con la BPC actualizada, así como calcula cuánto se aporta de más y lo desglosa (el mayor aporte) en si es por efecto de los cambios de franja o por la variación en el tratamiento de las deducciones (que va a afectar a trabajadores de ingresos medios con hijos).

En el caso de la planilla del IASS, para los pasivos, trae la comparación de cuánto se descontaba antes con el viejo Impuesto a las Retribuciones Personales (eliminado por la reforma de 2007).

Algunos datos

¿Qué cambios traen aparejadas las nuevas franjas de IRPF, teniendo en cuenta las situaciones distintas que pueden presentarse? Aquí van algunos ejemplos, siempre considerando sueldos nominales.

Trabajadores (con un único empleo) y con hijos menores y capaces:

• Trabajadores sin hijos y con un sueldo nominal hasta $31.450 no pagan anticipo mensual de IRPF.

• Trabajadores con 1 hijo y con un sueldo nominal hasta $36.110 no pagan anticipo mensual de IRPF.

• Trabajadores con 2 hijos y con un sueldo nominal hasta $37.100 no pagan anticipo mensual de IRPF.

• Trabajadores con 3 hijos y con un sueldo nominal hasta $39.940 no paga anticipo mensual de IRPF.
Con hijos discapacitados

Con hijos discapacitados

• En el caso de trabajadores con 1 hijo legalmente reconocido como discapacitado de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $37.100 no pagan anticipo mensual de IRPF.

• Con 2 hijos legalmente reconocidos como discapacitados de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $42.780 no pagan anticipo mensual de IRPF.

Situaciones con cónyuge o concubino sin actividad

• Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $32.250 no pagan anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre de 2013, el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

• Trabajadores con 1 hijo y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $36.110 no pagan anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre de 2012 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

• Trabajadores con 2 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $37.650 no pagan anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre de 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa)

• Trabajadores con 3 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $40.530 no pagan anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre de 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

• Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 2 hijos a cargo, uno capaz y otro discapacitado, con un sueldo nominal hasta $40.530 no pagan anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre de 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa)

• Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 3 hijos a cargo, dos capaces y uno discapacitado, con un sueldo nominal hasta $43.410 no pagan anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre de 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

Desde cuánto se paga más

En los siguientes casos se especifica a partir de qué topes salariales se empieza a pagar más IRPF que lo que se pagaba antes, de acuerdo a distintos casos.

• Trabajadores sin hijos con un salario nominal hasta $51.150 pagan lo mismo, no los afectan los cambios introducidos al IRPF. Los trabajadores con salarios superiores a 51.150 tributan más debido a los cambios.

• Trabajadores con 1 hijo a cargo con un salario nominal hasta $36.110 pagan lo mismo. Quiere decir que un trabajador con 1 hijo a cargo, con un salario nominal de $36.120, paga más IRPF pero además empieza a tributar el impuesto. Hasta el 2016 no pagaba nada, pero empieza a hacerlo debido a los cambios introducidos.

• Trabajadores con 2 hijos a cargo con un salario nominal hasta $37.100 pagan lo mismo. A partir de 37.200 pagan más debido a los cambios introducidos en el cálculo del impuesto.

• Trabajadores con 3 hijos a cargo con un salario nominal hasta $39.940 pagan lo mismo.

 

Documentos asociados:

IRPF 2017 ÚNICO EMPLEO COMPARATIVO CON 2016 1.xlsx -
IASS PASIVOS 2017 COMPARATIVO CON 2016 2.xlsx -