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No ha lugar

Suprema Corte rechazó inconstitucionalidad de los “cincuentones”

Para el Poder Judicial, que los afectados tengan jubilaciones menores es “una cuestión financiera, ajena a la bondad constitucional de las normas”.

26.05.2017 20:30

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2017-05-26T20:30:00-03:00
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Montevideo Portal

La Suprema Corte de Justicia rechazó un recurso de inconstitucionalidad presentado por un grupo de "cincuentones" que asegura haber sido damnificado por el "régimen mixto" de jubilaciones.

Los reclamantes aseguran que la ley 16.713, que los obligó en 1996 a pasarse al régimen mixto y afiliarse a una AFAP, hizo su jubilación sea un 30% menor a la de quienes pudieron ahorrar en una AFAP durante toda su vida laboral. Los damnificados entendieron que la situación violaba el principio de igualdad comprendido en la Constitución.

El rechazo de la Suprema Corte al recurso fue por unanimidad y luego de entender que se trataba de una situación financiera y no jurídica. "Si en el año 1996 se realizó determinada proyección de la rentabilidad de aquellas inversiones, que luego no fue la esperada, entonces la temática involucra exclusivamente cuestiones financieras, ajenas a la bondad constitucional de las normas", entendieron los ministros.

"Aun cuando se llegara a probar que las disposiciones impugnadas sometieron a los accionantes a un régimen de seguridad social menos beneficioso que el anterior, ello no importa de por sí que exista una violación del derecho a recibir igual trato por parte de la Constitución, norma fundamental que no confiere derecho a cierta jubilación en particular, sino a una 'jubilación adecuada' en función de las posibilidades sociales de cada momento histórico", agrega la resolución.

En ese sentido, resolvieron que "no corresponde al Poder Judicial definir cuál es el mejor sistema de seguridad social para quienes, popularmente, han sido identificados como 'cincuentones'".

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