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La Corte Electoral deberá resolver si el procesamiento dictado este martes por la Justicia inhabilitará al ex vicepresidente Raúl Sendic para presentarse como candidato a algún cargo público en las elecciones de 2019.
En el dictamen que decide el procesamiento sin prisión de Sendic, la jueza Beatriz Larrieu solicita que el fallo sea comunicado a la Corte Electoral.
En efecto, una circular emitida en 2004 establece todas las sentencias que declaren "la suspensión o pérdida de los derechos políticos de los ciudadanos" deberán dejarlo por expreso el fallo.
De todas maneras, el procesamiento no inhabilita a Sendic de forma automática, a pesar de que el artículo 80 de la Constitución establece que la ciudadanía se suspende "por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría".
En efecto, existe un antecedente cercano en que la Corte Electoral permitió la presentación a los comicios de una persona procesada. Fue el ex ministro de Economía Fernando Lorenzo, que en 2014 fueron procesados por irregularidades en el remate de los aviones de Pluna, también por "abuso de funciones".
Ese mismo año, el Nuevo Espacio anunció que Lorenzo sería candidato a diputado por la lista 99738 del Frente Líber Seregni. La candidatura motivó la presentación de dos denuncias ante la Corte Electoral, por parte del entonces senador colorado Ope Pasquet y del Partido Ecologista Radical Intransigente (PERI).
Luego de analizar el caso, y por 8 votos contra 1, la Corte Electoral resolvió rechazar los recursos y habilitar la candidatura de Lorenzo.
En esa oportunidad, el presidente de la Corte José Arocena había dicho a Montevideo Portal que la decisión del organismo fue "mantener el ejercicio de la ciudadanía" de Lorenzo, lo que lo habilitó a ser candidato.
Lorenzo resultó electo diputado en las elecciones de octubre pero renunció a su banca en diciembre, antes de asumir, luego de los cuestionamientos sobre su situación procesal y la polémica en torno al debate sobre la eliminación del delito de abuso innominado de funciones, por el que había sido procesado.
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