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El senador Luis Alberto Heber planteó la necesidad de modificar el artículo del proyecto de financiación de partidos políticos que prohíbe que las personas jurídicas aporten a los partidos políticos en las campañas electorales.
“Hemos planteado ciertos cuestionamientos dado que solamente permite que las contribuciones a los partidos políticos provengan de personas físicas. Nosotros habíamos insistido en que también se permitiera hacerlo a las personas jurídicas, con los mismos límites que a las físicas. Desde ya digo que no estoy en condiciones de votar esta disposición”, señaló Heber.
El Partido definirá su posición respecto a cada uno de los artículos en reunión de bancada, en la que no se descarta tampoco que se vuelva atrás en algunos puntos que en primera instancia fueron aceptados por los legisladores nacionalistas que integran la comisión.
”Hemos estado trabajando en este proyecto de ley junto al señor senador Camy en nombre de nuestro partido, en base a nuestro criterio y como hemos podido consultar solo algunas cosas, quiero dejar constancia de que debemos hacer un proceso de consulta interno”, señaló.
El texto pone un tope en los aportes realizados por las personas que ocupen cargos electivos, políticos y de particular confianza que estén afiliadas a un partido de un 15% de su salario, debiendo haber una autorización expresa del implicado. Además establece que todas las transacciones sean realizadas por medios de pago electrónico y que cada partido político deberá realizar una Rendición de Cuentas cada año, que será presentado ante el Tribunal de Cuentas.
La ley prevé un incremento del 30% para aquellas listas que sean encabezadas por mujeres y ocupen efectivamente el cargo, por lo que el Estado pagará más o menos en función del sexo del ciudadano elegido.
Además, prohíbe la publicidad estatal durante el período electoral, a excepción de las campañas de información a la ciudadanía, referentes a situaciones puntuales y reduce la campaña electoral de las elecciones internas a solo 10 días de antes del acto eleccionario, integrándose la veda a “Internet y cualquier medio de comunicación”. En las otras elecciones se mantienen los plazos anteriores: Treinta días antes de las elecciones nacionales, quince días antes de la segunda vuelta y treinta días antes de las elecciones departamentales.
Durante el período electoral se establece un sistema para repartir la publicidad estatal gratuita en el horario central correspondiendo un 45% en partes iguales para todos los partidos políticos con representación parlamentaria, un 50% en proporción a los votos obtenidos en la anterior elecciones y un 5% para los nuevos partidos políticos. A su vez, “se prohíbe a los partidos políticos la adquisición, en forma directa o indirecta, y a cualquier título, de publicidad o propaganda electoral en televisión abierta o por cable” y al mismo tiempo se prohíbe que los medios de comunicación realicen aportes a los partidos políticos.
El proyecto se va a votar el próximo 27 de setiembre y se remitirá al Poder Ejecutivo aquellos puntos que necesitan de su iniciativa, relativos a la financiación de las elecciones municipales y que los hombres cobren un 30% menos por voto.
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